Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1443388FComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de elaboración de comidas en el Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género (CAIVVG). exp 62-2025
Información sobre la licitación Servicio de elaboración de comidas en el Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género (CAIVVG). exp 62-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 55322000 o en Albacete.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
NIF: P0200300B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Albacete
- Código NUTS
- ES421
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 120.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 132.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 120.195,58 €
- Baja
- 0,16 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 120.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT Y ANEXOS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO_II_PLAN_MENUS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO_I_INVENTARIO.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedientePCAPAbrir original
- ExpedienteAnexo II - Documento explicativo DEUCAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteFormulario DEUCAbrir original
- ExpedienteAcuerdo JGL de Clasificación y Requerimiento de documentaciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedientePPT y AnexosAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAnexos WordAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato, todo ello, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 29, apartado 4º, último inciso de la LCSP.
Prórroga contractual: Sí, 1 AÑO adicional de prórroga. PLAZO TOTAL DEL CONTRATO INCLUIDAS LAS PRORROGAS: 3 AÑOS.
Criterios de adjudicación
- CRITERIOS CUALITATIVOS. Ponderación 51 puntos.(Automático)Ponderación: 51
- OFERTA ECONÓMICA.: Mejor precio. Ponderación 49 punto(Automático)Ponderación: 49
Solvencia económica y financiera
- 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y medio el valor anual estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos de 91.505,55 € Valor anual medio:61.003,70 € y Cuantía mínima solvencia (1,5): 91.505,55 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).PAGINAS 54 Y 55 PCAP
Solvencia técnica o profesional
- - EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: A.1) Criterio: Experiencia en la realización de servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (código CPV 55322000), indicando el importe, fecha y destinatario, público o privado, de los mismos. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (42.702,59 €).Valor anual medio: 61.003,70 € Cuantía mínima solvencia (70%):42.702,59 € C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o, a falta de dicho certificado, mediante una Declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A.2) Criterio: Medios Personales. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): a) A) UNICO CRITERIO: MEDIOS PERSONALES. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. PAGINAS 55 Y 56 PCAP
Garantías
- Definitiva: 0 %
Requisitos específicos
- Contratos reservados. Reservado a Centros Especiales de Empleo, o talleres protegidos
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 55322000
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