Alcaldía del Ayuntamiento de CorteganaExpediente: 920/2021Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de Catering para Guardería Municipal
Información sobre la licitación Servicio de Catering para Guardería Municipal de Alcaldía del Ayuntamiento de Cortegana. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Cortegana, del CPV 55524000 o en Huelva.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 132.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 145.200,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 132.000,00 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 2
- Oferta más baja – más alta
- 119.720,93 € – 132.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas Particulares para Contrato de Servicios Catering Guarderia Abierto.pdfAbrir original
- PPTPliego de Condiciones Tecnicas para servicio de catering comedor Guarderia Municipal.pdfAbrir original
- AnexoAnexo Modelo Declaracion Responsable.docAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
No se recoge la posibilidad de prórroga
No se recogen
Criterios de adjudicación
- Oferta mas económica=40 puntosPonderación: 40
- Reducción del plazo para hacer los pedidosPonderación: 25
- Reducción de la huella de carbonoPonderación: 25
- Contratos con el mismo objeto descrito en este pliegoPonderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Conforme la cláusula 8.3.1.b) de Pliego Administrativo: b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un plazo mínimo de vigencia hasta la fecha de vencimiento.
- Conforme a la cláusula 8.3.1.a) del Pliego Administrativo. 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario.
Solvencia técnica o profesional
- Conforme a la cláusula 8.3.2.a) el Pliego Administrativo. 3.2. En los contratos de suministros, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
- Conforme a la cláusula 8.3.2.e) del Pliego Administrativo e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
- Conforme a la cláusula 8.3.2.h) del Pliego Administrativo: h) En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
- Conforme a la cláusula 8.3.2.g) del Pliego Administrativo: g) Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
- Confrme a la cláusula 8.3.2.b) del Pliego Administrativo b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
- Conforme a la cláusula 8.3.2.C) del Pliego Administrativo c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
- Conforme a la cláusula 8.382.f) del Pliego Administrativo: f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
- Conforme a la cláusula 8.3.2.d) del Pliego Administrativo d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
- Conforme a la cláusula 8.4 del Pliego Administrativo 4. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 55524000
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