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Alcaldía del Ayuntamiento de CaudeteExpediente: 1370054D PREVENCIÓN Y CONTROL LEGIONELOSISComprobada en la Plataforma de Contratación:

Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de prevención y control de legionelosis en las siguientes instalaciones y edificios municipales: -C.P. Gloria Fuertes. - C.P. Alcázar y Serrano. - C.P. El Paseo. - Escuela Música y Danza. - Centro de Día. - Instalaciones deportivas..

Información sobre la licitación Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de prevención y control de legionelosis en las siguientes instalaciones y edificios municipales: -C.P. Gloria Fuertes. - C.P. Alcázar y Serrano. - C.P. El Paseo. - Escuela Música y Danza. - Centro de Día. - Instalaciones deportivas de Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete, del CPV 90920000 o en Albacete.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete

NIF: P0202500E

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
42.080,76 €
Importe adjudicado (con IVA)
50.917,72 €
Presupuesto base (sin IVA)
50.551,20 €
Baja
16,76 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
40.440,00 € – 42.080,76 €
Fecha de adjudicación
04/07/2025
Formalización del contrato
08/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

El contrato podrá prorrogarse por una anualidad adicional

Criterios de adjudicación

  • Proposición económica (máximo 75 puntos)(Automático)Ponderación: 75
  • Criterios de adjudicación basados en juicio de valor (máximo 25 puntos)(Juicio de valor)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • Los licitadores deberán acreditar la solvencia mediante el cumplimiento del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe mínimo igual a una vez y medio el valor medio anual del contrato. Se acreditará por medio de las cuentas anuales del empresario aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial en que deba estar inscrito. De igual manera, la empresa licitadora deberá acreditar la existencia de un seguro de responsabilidad civil de indemnización por riesgos profesionales con una cobertura mínima de 25.000 euros anuales y deberá responder de los posibles daños que se causen a la entidad local o a terceros como consecuencia de la defectuosa ejecución de este contrato. Se acreditará por medio de la póliza de seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales con una cobertura mínima de 25.000 euros anuales y justificante de pago del recibo.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica de los licitadores se acreditará aportando una relación de los principales servicios efectuados en el curso de los últimos tres años, de los cuales al menos tres de ellos deben ser de igual naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato y cuyo importe sea similar o superior a la anualidad de esta licitación. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. De igual manera el licitador deberá garantizar su solvencia técnica mediante la presentación de la siguiente documentación: -Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. -Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria. -Acreditar disponer de un Laboratorio, propio o concertado, acreditado por ENAC según UNEN-ESO 17025:2017. -Acreditar disponer un responsable técnico que contará con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. -Acreditar disponer de personal autorizado para aplicar biocidas, que contarán con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 90920000

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