Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-realExpediente: 2024/00015102ZComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de representación, asesoría jurídica y defensa letrada del ayuntamiento de Vila-real en materia civil, mercantil, concursal en procedimientos que puedan llevarse ante el Tribunal de Cuentas y determinados procedimientos contencioso-administrativos
Información sobre la licitación Servicio de representación, asesoría jurídica y defensa letrada del ayuntamiento de Vila-real en materia civil, mercantil, concursal en procedimientos que puedan llevarse ante el Tribunal de Cuentas y determinados procedimientos contencioso-administrativos de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real, del CPV 79100000 o en Castellón/Castelló.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Castellón/Castelló
- Código NUTS
- ES522
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34.856,45 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 42.176,30 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 43.570,56 €
- Baja
- 20 %
- Ofertas recibidas
- 4 (0 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 14/05/2025
- Formalización del contrato
- 14/05/2025
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteActa 13 de mayo de 2025Abrir original
- ExpedienteActa 10 de abril de 2025Abrir original
- ExpedienteActa 9 de enero de 2025Abrir original
- ExpedienteActa 3 de marzo de 2025Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración criterios automáticosAbrir original
- ExpedienteActa 24 de enero de 2025Abrir original
- ExpedienteActa 4 de diciembre de 2024Abrir original
- ExpedienteActa 17 de febrero de 2025Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de criterios automáticosAbrir original
- ExpedienteAca 24 de marzo de 2025Abrir original
- ExpedienteActa 24 de enero de 2025Abrir original
- ExpedienteDEUC xmlAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme técnico en respuesta a pregunta formulada en plataformaAbrir original
- ExpedienteDEUC pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
A la finalización del contrato, el adjudicatario finalizará la instancia en la que se encuentre el proceso. Para el caso de abrirse nueva instancia bien por vía de recurso o pieza separada, el servicio se prestará por el siguiente adjudicatario del contrato. De acuerdo a lo establecido en el artículo 29.4 LCSP cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista, como consecuencias de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación, producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y, en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
El contrato iniciará su vigencia el día de inicio efectivo de la prestación de los servicios, previa la formalización del mismo y finalizará el día 18 de mayo de 2025. El contrato podrá prorrogarse mediante acuerdo expreso del órgano de contratación, por el plazo máximo de un año. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Criterios de adjudicación
- Cualificación y experiencia(Automático)Ponderación: 55
- Precio(Automático)Ponderación: 30
- Memoria de organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 15
- REDUCCIÓN DEL PLAZO PARA LA EMISIÓN DE INFORMES Y NÚMERO DE REUNIONES Y ACOMPAÑAMIENTOS GRATUITOS(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Se deberá acreditar mediante alguno de los siguientes medios: a) Volumen mínimo anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos, en un importe mínimo de 43.570,56 €. Se acreditará mediante: cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. En caso de que el licitador sea un empresario o profesional individual no inscrito en el Registro Mercantil, acreditará su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. o bien en su caso mediante declaración del IRPF de los tres últimos ejercicios disponibles. b) ...
- Se deberá acreditar mediante alguno de los siguientes medios: a).../ b) Un seguro de indemnización por responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior a 600.000 € y, en su caso, con una franquicia máxima de 1000 euros, que cubra la responsabilidad profesional de todos los integrantes del equipo de trabajo que el licitador adscriba a la ejecución del contrato, junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante el tiempo de duración del contrato. Se acreditará mediante: certificado emitido por la aseguradora correspondiente, con expresión de coberturas, conceptos e importes asegurados en vigor y cuya cobertura ampare los riesgos que puedan derivarse de la ejecución del contrato así como justificante bancario del último recibo de prima anual abonada y compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante el tiempo de duración del contrato. En caso de prórroga deberá actualizar su justificación. La justificación de los importes establecidos para ambos requisitos, radica en el grado de complejidad y dificultad de las cuestiones objeto de consulta, así como en el trasfondo económico de las materias sobre las que versarán, previsiblemente, y las consecuencias que las decisiones que se adopten al amparo de las consultas realizadas puedan tener. Esto conlleva la necesidad de incrementar la solvencia económica del licitador dada la existencia de riesgos especiales en la ejecución del contrato, vinculado a la especial naturaleza de las prestaciones objeto de este contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Criterios de solvencia técnica: Se acreditará con los siguientes medios de acuerdo con lo que dispone el artículo 90 LCSP. a) Cuando el licitador sea una persona física: 1.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años en materia de servicios jurídicos profesionales que incluya importe, datos y destinatarios públicos o privados de estos, del personal responsable de la ejecución del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano de contratación competente; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración responsable de este y la documentación justificativa. Requisitos mínimos: haber ejecutado o estar ejecutando, al menos, TRES contratos con el mismo objeto contenido en el apartado 1a) de la cláusula 1.1 del presente pliego y TRES contratos con el mismo objeto contenido en el apartado 1b) de la cláusula 1.1 del presente pliego, por una cuantía mínima de procedimiento de 15.000 euros IVA incluido cada uno. 2.- Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que dispone el empresario para la realización del contrato. Como solvencia mínima tendrá que justificar tener despacho abierto mediante declaración responsable (a estos efectos se podrá requerir documentación justificativa que lo demuestre), así como disponer de al menos 1 base de datos y suscripción a publicaciones jurídicas (lo que se acreditara bien a través de contrato o factura prepagada). b) .../
- Se acreditará con los siguientes medios de acuerdo con lo que dispone el artículo 90 LCSP. a) .../ b) Cuando el licitador sea una persona jurídica: 1.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años en materia de servicios jurídicos profesionales que incluya importe, datos y destinatarios públicos o privados de estos, del personal responsable de la ejecución del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano de contratación competente; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante una declaración responsable de este y la documentación justificativa. Requisitos mínimos: haber ejecutado o estar ejecutando, al menos, TRES contratos, con el mismo contenido en el apartado 1a) de la cláusula 1.1 del presente pliego y TRES contratos con el mismo objeto contenido en el apartado 1b) de la cláusula 1.1 del presente pliego, por una cuantía mínima de procedimiento de 15.000 euros IVA incluido cada uno. 2.- Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que dispone el empresario para la realización del contrato. Como solvencia mínima tendrá que justificartener despacho abierto mediante declaración responsable, así como disponer de al menos 1 base de datos y suscripción a publicaciones jurídicas. Teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 90.4 LCSP en relación con los contratos de servicios no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por: - Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que dispone el empresario para la realización del contrato. Como solvencia mínima tendrá que justificar tener despacho abierto mediante declaración responsable, así como disponer de al menos 1 base de datos y suscripción a publicaciones jurídicas. Las empresas licitadoras pueden recurrir para la ejecución del contrato a las capacidades de otras entidades, con independencia de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, con tal de acreditar su solvencia económica, financiera, técnica y profesional, siempre que estas entidades no estén incursas en prohibición de contratar
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79100000
- 79111000
- 79110000
- 79112000
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