Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.AExpediente: 2026-P133Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Acuerdo marco para el asesoramiento, representación y defensa jurídica de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria
Información sobre la licitación Acuerdo marco para el asesoramiento, representación y defensa jurídica de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A, del CPV 79100000 o en Madrid.
Organismo contratante
Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A
NIF: A86602158
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 24 meses
2 prórrogas por un plazo de 12 meses cada una.
Criterios de adjudicación
- Aptitud e idoneidad del organigrama funcional(Automático)Ponderación: 60
- Descripción de la metodología y procesos de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del lote o lotes a los que presenta proposición, habiendo sido calculado el valor anual medio de cada lote a partir del presupuesto para los dos primeros años. Se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Los empresarios no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán esta circunstancia mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional serán los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada uno de los lotes, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor. La solvencia técnica se apreciará globalmente por lote. Se entenderá por servicio cada encargo o asunto jurídicamente individualizable, con objeto, destinatario y resultado o hito acreditable. El licitador deberá acreditar servicios similares suficientes, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución alcance al menos el 70 por ciento del valor anual medio del lote. Se valorará la correspondencia material, complejidad, dimensión económica y alcance territorial de los trabajos, sin exigirse un número rígido de referencias por cada anualidad. La relación identificará el objeto, importe, fecha y destinatario de cada servicio. Los servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el destinatario o, cuando ello no sea posible, mediante declaración del licitador acompañada de documentación suficiente que permita comprobar su efectiva realización.
- Será imprescindible que, entre los abogados especialistas en la materia objeto del lote, figuren, al menos, dos (2) abogados con un mínimo de diez (10) años de experiencia y tres (3) abogados con un mínimo de cinco (5) años de experiencia. Declaración responsable, firmada por el licitador o por su representante, en la que se haga constar que dispone de una estructura profesional mínima de veinticinco abogados ejercientes y colegiados, integrada en su organización o puesta efectivamente a su disposición durante la vigencia del acuerdo marco.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 79100000
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