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Zona de la Guardia Civil Comunidad Autónoma de La RiojaExpediente: GC/LARIOJA/2RESComprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de Bar, Cafetería en el Acuartelamiento de la 10ª Zona de la Guardia Civil y Autoservicio-Comedor del Acuartelamiento de la U.A.R y la accesoria de la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y productos alimenticios elaborados (vending).

Información sobre la licitación Servicios de Bar, Cafetería en el Acuartelamiento de la 10ª Zona de la Guardia Civil y Autoservicio-Comedor del Acuartelamiento de la U.A.R y la accesoria de la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y productos alimenticios elaborados (vending) de Zona de la Guardia Civil Comunidad Autónoma de La Rioja. Puedes consultar otras licitaciones de Zona de la Guardia Civil Comunidad Autónoma de La Rioja, del CPV 55000000 o en La Rioja.

Organismo contratante

Zona de la Guardia Civil Comunidad Autónoma de La Rioja

NIF: S2616005A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Restringido
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
La Rioja
Código NUTS
ES230

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
117,55 €
Importe adjudicado (con IVA)
117,55 €
Presupuesto base (sin IVA)
134.378,90 €
Baja
99,91 %
Ofertas recibidas
4 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
117,55 € – 138,35 €
Fecha de adjudicación
20/12/2024
Formalización del contrato
31/12/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 5 años

2 años adicionales de prórroga. Desde 1-1-2030 a 31-12-2031

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 49
  • Pintura y limpieza profesional anual de cafetería y comedor(Automático)Ponderación: 15
  • Plan de aseguramiento de calidad. Mejora.(Automático)Ponderación: 15
  • Inversión anual 1.000€ en Protocolo. Mejora.(Automático)Ponderación: 15
  • Pincho de cortesía gratis con cada consumición. Mejora.(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, indicando el volumen anual de negocios, en el ámbito de la restauración y hostelería, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, con un importe de al menos 20.000 € IVA excluido. Si se tratara de un empresario individual, no inscrito en el Registro Mercantil, la mencionada acreditación la realizará mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando el contratista sea una empresa o un profesional de nueva creación y como tal no tenga posibilidad de acreditar el volumen anual de negocios anteriormente reseñado, su solvencia financiera será acreditada mediante su patrimonio neto, debiendo aportar certificación bancaria de solvencia económica o certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de prestación de servicios de restauración y cafetería, o de similar naturaleza, realizados por el empresario en los últimos tres años, en los que consten el importe, la fecha y el destinatario del servicio, sea público o privado, en el que se demuestre experiencia en ejecución de servicios de restauración colectiva (menús de comida y cena). Se deberá acreditar mediante certificado/s de buena ejecución, de instituciones públicas o privadas la elaboración y suministro de los menús indicados. En ningún caso se admitirá la auto-certificación como forma de acreditación. Se establece como requisito mínimo, que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 20.000 € IVA excluido. Se podrá efectuar un control por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación y como tal no tenga posibilidad de acreditar la relación de los principales servicios anteriormente reseñados, su solvencia técnica será acreditada con la indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, del personal indicado en el Anexo IV del presente Cuadro.

Garantías

  • Definitiva: 10.000,00 €

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 55000000
  • 42933300

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