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Consejería de Gestión Forestal y Mundo RuralExpediente: PRC/2024/0000143583Comprobada en la Plataforma de Contratación:

OBRPE24090: Construcción de edificio para el personal destinado en la cocheras de medios del Plan INFOEX en Rincón de Ballesteros

Información sobre la licitación OBRPE24090: Construcción de edificio para el personal destinado en la cocheras de medios del Plan INFOEX en Rincón de Ballesteros de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, del CPV 45216120 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

NIF: S0611001I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
262.676,44 €
Importe adjudicado (con IVA)
317.838,49 €
Presupuesto base (sin IVA)
276.647,12 €
Baja
5,05 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
10/07/2025
Formalización del contrato
29/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

No procede para este expediente.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 60
  • Medidas en materia de promoción del empleo(Automático)Ponderación: 10
  • Ampliación de garantía(Automático)Ponderación: 10
  • Actuaciones que superen los estándares mínimos legales en materia de seguridad y salud(Automático)Ponderación: 10
  • Medidas para garantizar el plazo de ejecución, programa de trabajos(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Extensión del control de calidad(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en una vez y media el valor estimado del contrato 414.970,68 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones y ofertas. A pesar de no ser requisito obligatorio la clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo C, Subgrupo 4 y Categoría 1. Las empresas extranjeras acreditarán su solvencia según al aptdo. 4.2. del Anexo I del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. Relación de las obras ejecutadas cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato 193.652,98 €. Las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (± 10 %). La acreditación del presente criterio será la propia declaración responsable detallada, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. A pesar de no ser requisito obligatorio la clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo C, Subgrupo 4 y Categoría 1. Las empresas extranjeras acreditarán su solvencia según al aptdo. 4.2. del Anexo I del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45216120

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