Junta de Gobierno del Ayuntamiento de NavalcarneroExpediente: 049SUM26Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de suministro e instalación de un pavimento deportivo de madera para el Pabellón Polideportivo Municipal La Estación de Navalcarnero (Madrid).
Información sobre la licitación Contrato de suministro e instalación de un pavimento deportivo de madera para el Pabellón Polideportivo Municipal La Estación de Navalcarnero (Madrid) de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero, del CPV 44112240 o en Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero
NIF: P2809600F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Documentos
- PCAPPCAP-049SUM26.pdfAbrir original
- PPTPPT_049SUM26.pdfAbrir original
- AnexoPCAP-ANEXOS_049SUM26.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteNOTA INFORMATIVA - PRESENTACION DE RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIONAbrir original
- ExpedienteNOTA INFORMATIVA LEVANTAMIENTO SUSPENSION PROCEDIMIENTOAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
No procede prórroga.
Criterios de adjudicación
- Proposicion Economica(Automático)Ponderación: 50
- Reducción de plazos(Automático)Ponderación: 30
- Memoria descriptiva y plan de actuación(Juicio de valor)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- VER PUNTO D.1 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con los Artículos 87.1.a y 87.3.a de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: _El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador. _Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: Los licitadores deberán acreditar, en uno de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocio por un importe igual o superior a 188.368,20 euros (una vez y media el valor estimado del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87.3.a de la LCSP). _Medio de acreditación: _Declaración responsable del licitador indicando el volumen anual de negocios de los tres últimos ejercicios concluidos. _Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios concluidos aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Artículo 87.3.a LCSP y Artículo 11.4.a del RGLCAP).
Solvencia técnica o profesional
- VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 89.1.a de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años. _Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: Los licitadores deberán acreditar en la realización de suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 87.905,16 euros, en el año de mayor ejecución de los tres últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, de conformidad con el Artículo 89.1.a y 89.3 de la Ley). _Medio de acreditación: _Relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. _Certificados acreditativos de los principales suministros realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. _Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Empresas de nueva creación: ver punto D.2 del 8.1.b
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 44112240
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