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Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de SantanderExpediente: 100/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro e instalación de parquet desmontable para la ampliación de dos pistas deportivas del Instituto Municipal de Deportes de Santander

Información sobre la licitación Suministro e instalación de parquet desmontable para la ampliación de dos pistas deportivas del Instituto Municipal de Deportes de Santander de Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Santander. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Santander, del CPV 44112240 o en Cantabria.

Organismo contratante

Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Santander

NIF: P3900554A

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cantabria
Código NUTS
ES130

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
102.200,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
123.662,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
102.293,24 €
Baja
0,09 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
102.200,00 € – 102.255,00 €
Fecha de adjudicación
05/10/2026
Formalización del contrato
16/10/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Conforme a lo establecido en el art. 87 de la LCSP, la solvencia económica se tendrá que acreditar por el siguiente medio: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y medio el valor anual medio del contrato puesto que estamos ante un contrato de más un año de duración. El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.Cuando por una razón válida, la entidad licitadora no esté en condiciones de acreditar su solvencia económica y financiera en la forma señalada, se le autorizará a acreditarla por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado, a excepción de la acreditación de un seguro de responsabilidad por riegos profesionales dado que nos encontramos antes una actividad empresarial, y no profesional.

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará la solvencia técnica o profesional mediante los siguientes medios: Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. El requisito mínimo que deberán alcanzar los licitadores será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a (70 por ciento de la anualidad media del contrato, conforme al art. 90.2. LCSP):Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, la relación de los principales servicios o trabajos efectuados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, en el caso que el destinatario sea un sujeto privado, será mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
  • La empresa adjudicataria deberá adscribir todos los medios personales y materiales para un correcto funcionamiento y garantizar que se cumple todas las prestaciones requeridas en el pliego de prescripciones técnicas particulares con el fin de ejecutar correctamente el objeto del contrato. MEDIOS PERSONALES: el adjudicatario deberá contar, como mínimo, con el siguiente personal adscrito al contrato: Un Responsable Técnico con cualificación adecuada y experiencia acreditada en trabajos similares, así como el personal necesario en número suficiente para garantizar la ejecución del suministro e instalación en el plazo previsto. Personal instalador cualificado con formación específica y actualizada en las tareas objeto del contrato. MEDIOS MATERIALES: El contratista deberá acreditar la disponibilidad de: Vehículos de transporte, herramientas y equipos técnicos adecuados para la ejecución de los trabajos, incluyendo los medios auxiliares necesarios para la correcta instalación, puesta en servicio y comprobación del suministro El adjudicatario garantizará en todo momento la disponibilidad de dichos medios durante la ejecución del contrato

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 44112240
  • 44191600

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