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Alcaldia del Ayuntamiento de MotrilExpediente: SERV/ABR/CONTRATACION2026000013Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de asistencia técnica en expedientes patrimoniales

Información sobre la licitación Servicios de asistencia técnica en expedientes patrimoniales de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril, del CPV 71200000 o en Granada.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Motril

NIF: P1814200J

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
16.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
19.965,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
19.990,00 €
Baja
17,46 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
15.950,00 € – 16.500,00 €
Fecha de adjudicación
15/09/2026
Formalización del contrato
22/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Prórrogas, de un año de duración cada una

Se prevén dos prórrogas, de un año cada una.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 50
  • Memoria técnica prensentación Motril y alrededores(Juicio de valor)Ponderación: 11
  • Memoria técnica: Modelos de informes(Juicio de valor)Ponderación: 11
  • Reducción de los plazos para la emisión de informes de cada tipo conforme a los plazos establecidos en el PPT(Automático)Ponderación: 10
  • Memoria técnica: horario de prestación del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria técnica: Cronograma de tareas(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria técnica plan de organización(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria técnica: canaales de comunicación con el ayuntamiento(Juicio de valor)Ponderación: 3

Solvencia económica y financiera

  • Para acreditar la solvencia económica se ha acudido a uno de los previstos en el art. 87 LCSP yse ha exigido un volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados o documentos del correspondiente Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Como medio para acreditación de la solvencia técnica o profesional se ha considerado más adecuado para el fin perseguido establecer, entre los previstos en el art. 90.1 LCSP, una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato. No obstante, y de conformidad con lo previsto en el art. 90 LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por ésta aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica la acreditará mediante la indicación de personal técnico, integrado o no en la empresa, participantes en el contrato, que contará, al menos, con: Un profesional responsable del contrato que cuente con la titulación de Ingeniero de la Edificación, Arquitecto Técnico, Aparejador o equivalente. Se acreditará a través de los siguientes documentos: Currículum vitae, Título habilitante

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71200000

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