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Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de MadridExpediente: 300/2026/00304Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios para la puesta en marcha y ejecución del proyecto "Activación para Camino al Empleo", a adjudicar por procedimiento abierto.

Información sobre la licitación Contrato de servicios para la puesta en marcha y ejecución del proyecto "Activación para Camino al Empleo", a adjudicar por procedimiento abierto de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, del CPV 80590000 o en Madrid.

Organismo contratante

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

NIF: P7807907F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Adjudicado

Academia Trinidad SL
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
320.148,18 €
Importe adjudicado (con IVA)
387.379,30 €
Presupuesto base (sin IVA)
411.079,02 €
Baja
22,12 %
Ofertas recibidas
5 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
270.078,84 € – 361.338,30 €
Fecha de adjudicación
09/10/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Se ha establecido una duración para este contrato de 12 meses a contar desde el 15 de noviembre 2026 o desde el día siguiente a la formalización si ésta se produjera en fecha posterior. El contrato podrá ser prorrogado por un periodo máximo de 36 meses, siendo la duración máxima total de todo el contrato de 48 meses. Se podrán establecer hasta 3 periodos de prórroga, siempre que la suma de la duración total de las mismas no exceda de los 36 meses. El periodo máximo de cada prórroga será de 12 meses.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
  • 3.2.2. Calidad metodológica y carácter práctico de las actividades A3 y A4.(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • 3.2.3. Integración de la prospección e intermediación (A8) en el itinerario.(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 3.2.1 Calidad del guión y de la operativa de la tutoría A5.(Juicio de valor)Ponderación: 9
  • Por labor de refuerzo de difusión institucional del programa Activación para Camino al Empleo mediante elaboración de contenidos listos para su publicación por la unidad de comunicación de la AEM(Automático)Ponderación: 6
  • Por la intensificación de prospección/intermediación generando oportunidades adecuadas adicionales por cada edición de itinerario sobre el mínimo del PPT (apartado 3.1 actividad 8 del PPT)(Automático)Ponderación: 6
  • 3.2.4. Calidad del Informe I6 (Informe de cierre para la persona participante.(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Por la entrega a las personas participantes de una mochila, cuaderno, agenda y bolígrafo personalizados con los logos del proyecto “Activación para Camino al Empleo” y de la AEM(Automático)Ponderación: 4

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual a una vez el valor anual medio del contrato, que en el presente caso asciende a la cantidad de 431.632,97 € IVA excluido. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70% del valor anual medio del contrato. Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de cualquiera de las CPVs del contrato (80590000-6 Servicios de tutoría, 80570000-0- Servicios de formación para el perfeccionamiento personal. y 85312300-2 Servicios de orientación y asesoramiento). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: Se acreditará mediante una relación firmada, por el representante legal de la entidad, de los principales servicios realizados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), del mismo tipo o naturaleza que el objeto del contrato, indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor acumulado durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a la cifra establecida de 302.143,08 €, IVA excluido, que se corresponde con el 70% del valor anual medio del contrato, que deberá acreditarse mediante certificados de ejecución, conforme a lo indicado en el art. 90.1 a) de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del representante legal de la entidad, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

Garantías

  • Provisional: 0,00 €

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 80590000
  • 80570000
  • 85312300

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