Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de MadridExpediente: 300/2024/00246Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Servicios para la puesta en marcha y ejecución del proyecto "Camino al Empleo".
Información sobre la licitación Contrato de Servicios para la puesta en marcha y ejecución del proyecto "Camino al Empleo" de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, del CPV 80590000 o en Madrid.
Organismo contratante
Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid
NIF: P7807907F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 207.275,38 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 250.803,21 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 376.864,32 €
- Baja
- 45 %
- Ofertas recibidas
- 10 (10 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 207.275,46 € – 350.106,96 €
- Fecha de adjudicación
- 07/10/2024
- Formalización del contrato
- 06/11/2024
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- Expediente18 Acta sesión 24 septiembre 2024Abrir original
- Expediente16 Acta Sesión 5Abrir original
- Expediente17 Acta sesión 17 septiembre 2024Abrir original
- Expediente14 Informe Tecnico Viabilidad OABAbrir original
- Expediente15 Informe Técnico PropuestaAbrir original
- Expediente10 Informe valoracion criterios subjetivosAbrir original
- Expediente13 Acta S4 26_07_2024Abrir original
- Expediente12 Informe cálculo ofertas anormalmente bajasAbrir original
- Expediente11 Acta mesa S2 24/7/2024Abrir original
- Expediente09 Acta S2 09_07_24Abrir original
- Expediente08 Acta MESA sobre A 02-07-2024_CAbrir original
- Expediente06 Estudio economicoAbrir original
- Expediente04 Memoria justificativaAbrir original
- Expediente01 Acuerdo de inicioAbrir original
- Expediente05 Insuficiencia de mediosAbrir original
- Expediente02 Acuerdo rectificativo de inicioAbrir original
- Expediente07 Aproba pliego apertu procediAbrir original
- Expediente03 Acuerdo rectificativo 2 de inicioAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
El contrato podrá ser prorrogado por un periodo máximo de 36 meses, siendo la duración máxima total de todo el contrato de 48 meses. Se podrán establecer hasta 3 periodos de prórroga, siempre que la suma de la duración total de las mismas no exceda de los 36 meses. El periodo mínimo de cada prórroga será de 12 meses.
Criterios de adjudicación
- Tutorías personales extraordinarias de seguimiento y motivación(Automático)Ponderación: 40
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
- Calidad general del proyecto técnico(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Entrega a las personas participantes de una mochila, cuaderno, agenda y bolígrafo personalizados con los logos del proyecto `Camino al Empleo´ y de la Agencia para el Empleo de Madrid(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87.1.a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2021, 2022 y 2023), deberá ser igual a una vez el valor anual medio del contrato, que en el presente caso asciende a la cantidad de 376.864,32 €. Acreditación documental: Mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
Solvencia técnica o profesional
- Artículo 90.1.a) de la LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Deberá acreditarse la realización de servicios en el conjunto de los últimos tres años a contar desde la fecha de fin de presentación de ofertas (2022, 2023 y 2024) de tipo similares o relacionado con los solicitados en el contrato, por un importe total igual o superior al 70 % del valor anual medio del mismo (entendiendo por tales las que coincidan con los tres primeros dígitos de las CPVs) y que en el presente contrato asciende a 263.805,02 €. Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: Se acreditará mediante una relación firmada, por el representante legal de la entidad, de los principales servicios realizados durante los últimos tres años (2022, 2023 y 2024), del mismo tipo o naturaleza que el objeto del contrato, indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor acumulado durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a la cifra establecida de 263.805,02 € que se corresponde con el 70% del valor anual medio del contrato, que deberá acreditarse mediante certificados de ejecución, conforme a lo indicado en el art.90.1 a) de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del representante legal de la entidad, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Garantías
- Provisional: 0,00 €
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
Códigos CPV
- 80590000
- 85312300
- 80570000
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