Dirección General de Extremadura Avante S.L.U.Expediente: EA26 004Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Servicio de Asistencia Técnica para la Evaluación del Proyecto Extremely European 2026-2028 UK/JP
Información sobre la licitación Contrato de Servicio de Asistencia Técnica para la Evaluación del Proyecto Extremely European 2026-2028 UK/JP de Dirección General de Extremadura Avante S.L.U.. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General de Extremadura Avante S.L.U., del CPV 79310000 o en Extremadura.
Organismo contratante
Dirección General de Extremadura Avante S.L.U.
NIF: B06586978
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Extremadura
- Código NUTS
- ES43
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 27.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 32.670,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 30.000,00 €
- Baja
- 10 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 27.000,00 € – 29.900,00 €
- Fecha de adjudicación
- 12/06/2026
- Formalización del contrato
- 25/06/2026
Documentos
- PCAPEA26 004 PCAP DEF fdo.pdfAbrir original
- PPTEA26 004 PPT DEF fdo.pdfAbrir original
- AnexoEA26 004 Anexos DEF fdo.pdfAbrir original
- AnexoEA26 004 CRC DEF fdo.pdfAbrir original
- AnexoEA26 004 Anexos DEF.docxAbrir original
- ExpedienteActa 3Abrir original
- ExpedienteActa 2Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa 1Abrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDecisión de inicioAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 30 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 30
- Calidad técnica de la propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Recursos personales y materiales(Automático)Ponderación: 10
- Tiempo máximo respuesta(Automático)Ponderación: 10
- Planificación para el desarrollo de los trabajos(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Metodología(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Instrumentos de transferencia del conocimiento(Juicio de valor)Ponderación: 5
- Mejoras de valoración automática. Entrega de diccionario de variables(Automático)Ponderación: 2.5
- Traducción de documentos(Automático)Ponderación: 2.5
- Mejoras de valoración automática. Entrega de base de datos final(Automático)Ponderación: 2.5
- Mejoras de valoración automática. Entrega de cuadro de mando o dashboard(Automático)Ponderación: 2.5
Solvencia económica y financiera
- Tal y como se indica en el apartado 5.1 del CRC. Volumen anual de negocios. Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividad del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, en este caso, igual o superior a CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000,00 €), IVA excluido.
Solvencia técnica o profesional
- Tal y como se indica en el apartado 5.1 del CRC. Relación de trabajos. Las empresas licitadoras deberán presentar una relación de los principales trabajos realizados de igual naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato de cómo máximo los tres últimos años que incluya importe anual de dichos trabajos, fechas y destinatario, público o privado de los mismos cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, en este caso, igual o superior a VENTIUN MIL EUROS (21.000,00 €). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. En concreto, deberá acreditar haber elaborado, al menos, 3 trabajos de similares características a la evaluación de proyectos convocatorias similares al objeto del presente contrato, en los últimos tres años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación: Conforme a lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años (computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas), no se le podrá exigir en ningún caso esta forma de acreditación de solvencia técnica, por lo que, de forma alternativa, deberán presentar: 1.Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79310000
- 79311410
- 79311400
Cargando datos del organismo…
Cargando licitaciones relacionadas…
Cargando adjudicaciones similares…