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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de PiedraExpediente: 628/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo mixto como establece el artículo 18 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, , por contener prestaciones correspondientes a contratos de distinta clase.

Información sobre la licitación El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo mixto como establece el artículo 18 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, , por contener prestaciones correspondientes a contratos de distinta clase de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de Piedra. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de Piedra, del CPV 72000000 o en Málaga.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de Piedra

NIF: P2905500A

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Málaga
Código NUTS
ES617

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • Ampliación de recorridos y contenidos(Automático)Ponderación: 20
  • Soportes escénicos singulares(Automático)Ponderación: 20
  • Programa de dinamización(Automático)Ponderación: 20
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 15
  • Criterio Plazo(Automático)Ponderación: 15
  • Aumento del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Acreditación de la solvencia económica y financiera (conforme al artículo 87 LCSP): La misma se acreditará con la inscripción en el ROLECE. Se considerará acreditada esta solvencia por aquellas empresas que presenten una declaración sobre volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato por un importe mínimo anual de 76.859,51 euros referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Acreditación de la solvencia técnica o profesional: (conforme al artículo 90 LCSP): La misma se acreditará con la inscripción en el ROLECE. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 72000000
  • 72210000
  • 72212500
  • 72212517
  • 32322000
  • 51611000
  • 30231300

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