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Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2026/00270Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato mixto de servicios que conllevan prestaciones directas a la ciudadanía y de suministros denominado: atención podológica preventiva a personas mayores socias de los centros municipales de mayores, con mantenimiento, reparación y sustitución de elementos que lo requieran en los gabinetes de podología de los centros municipales, a adjudicar por procedimiento abierto

Información sobre la licitación Contrato mixto de servicios que conllevan prestaciones directas a la ciudadanía y de suministros denominado: atención podológica preventiva a personas mayores socias de los centros municipales de mayores, con mantenimiento, reparación y sustitución de elementos que lo requieran en los gabinetes de podología de los centros municipales, a adjudicar por procedimiento abierto de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 85000000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 48 meses

Prórroga del expediente [300/2026/00270]

Sí procede. Se contempla la posibilidad de prorrogar el contrato por un máximo de 12 meses más.

Criterios de adjudicación

  • 4. Mejoras económicas sobre el precio unitario. Hasta 25 puntos (máximo 25%).(Automático)Ponderación: 25
  • 1. Calidad del proyecto técnico del servicio a contratar. Hasta 20 puntos (MAXIMO 20%)(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • 2.5 MEJORAS TECNICAS. Creación de una aplicación del programa para los usuarios del servicio.15 puntos.(Automático)Ponderación: 15
  • 2.4 MEJORAS TECNICAS. Mejoras en la experiencia de los profesionales que presten el servicio. Hasta 10 puntos.(Automático)Ponderación: 10
  • 3. Claúsula social. 10 puntos (10%)(Automático)Ponderación: 10
  • 2.1 MEJORAS TÉCNICAS. Mejoras en el material. Hasta 10 puntos.(Automático)Ponderación: 10
  • 2.2 MEJORAS TÉCNICAS. Mejoras en el tiempo de reparación del material. Hasta 5 puntos.(Automático)Ponderación: 5
  • 2.3 MEJORAS TECNICAS. Mejoras en la prestación del Servicio.Hasta 5 puntos(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Se exige como solvencia económica y financiera, haber alcanzado un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2023, 2024 y 2025), igual o superior a 865.000 euros (IVA excluido). Dicha solvencia se acreditará mediante declaración responsable del representante legal de la entidad en la que se indique el volumen de negocios global de la empresa Medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con lo establecido en el art. 86.1 párrafo 3º de la LCSP, cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Solvencia técnica o profesional

  • Haber realizado servicios que guarden relación con el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas, por un importe anual ejecutado, durante cualquiera de esos tres años, igual o superior a 800.000 euros (IVA excluido). A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia del código CPV en sus tres primeros dígitos (850). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Medios externos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: Conforme a lo establecido en el artículo 75 LCSP, las entidades licitadoras podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 85000000
  • 50000000
  • 33000000

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