Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la FronteraExpediente: 2776/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios necesarios para la puesta en funcionamiento de los campamentos municipales de verano para el año 2026.
Información sobre la licitación Servicios necesarios para la puesta en funcionamiento de los campamentos municipales de verano para el año 2026 de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, del CPV 92000000 o en Córdoba.
Organismo contratante
Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
NIF: P1400200J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Córdoba
- Código NUTS
- ES613
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 24.033,06 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 29.080,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 30.035,18 €
- Baja
- 19,98 %
- Ofertas recibidas
- 8 (8 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 29.207,38 €
- Fecha de adjudicación
- 18/06/2026
- Formalización del contrato
- 19/06/2026
Documentos
- PCAPPCAP CAMPAMENTOS DE VERANO 2026.pdfAbrir original
- PPTPPT CAMPAMENTOS DE VERANO 2026.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 mes
Se contempla una posible prórroga de dos años de duración.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 30
- Mejora consistente en el suministro de un desayuno diario a los alumnos.(Automático)Ponderación: 25
- Contextualización local de las actividades de la programación.(Juicio de valor)Ponderación: 18
- Adecuación del proyecto de intervención(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Adaptación a los espacios públicos ofrecidos.(Juicio de valor)Ponderación: 9
- Sistemas de evaluación y seguimiento.(Juicio de valor)Ponderación: 8
Solvencia económica y financiera
- El criterio para acreditar la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos ascienda al menos a una vez y media del valor anual medio del contrato, que se establece en la cantidad de 45.052,77 €. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Alternativamente, el licitador podrá acreditar su solvencia económica mediante un Seguro de Responsabilidad Civil para indemnización por daños profesionales por importe mínimo equivalente al valor estimado del contrato (90.105,54 €). No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
Solvencia técnica o profesional
- Para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con servicios realizados para el propio Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que éste pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Los trabajos deberán ser de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los ejecutados por el empresario y los que son objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. El importe anual ejecutado, durante el mayor año de ejecución del periodo, deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, que se establece en la cantidad de 21.024,63 €. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.4 LCSP, en caso de que una empresa acredite ser de nueva creación se entenderá demostrada la solvencia técnica o profesional mediante el nombramiento como coordinador de una persona con la titulación requerida en el anexo 11, debiéndose incorporar al sobre A la documentación requerida en el anexo 13. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 92000000
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