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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1455080WComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de Servicio de alimentos (desayunos, menús, bocadillos y refrescos) para eventos deportivos organizados por el Instituto Municipal de Deportes de Albacete. EXPTE. 82/2025

Información sobre la licitación Contrato de Servicio de alimentos (desayunos, menús, bocadillos y refrescos) para eventos deportivos organizados por el Instituto Municipal de Deportes de Albacete. EXPTE. 82/2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 55100000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
5445,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
5989,50 €
Presupuesto base (sin IVA)
5454,55 €
Baja
0,18 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
5445,00 €
Fecha de adjudicación
28/04/2026
Formalización del contrato
07/05/2026

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
3926,50 €
Importe adjudicado (con IVA)
4319,15 €
Presupuesto base (sin IVA)
4636,37 €
Baja
15,31 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
3926,50 € – 4627,50 €
Fecha de adjudicación
12/05/2026
Formalización del contrato
20/05/2026

Lote 3 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
10.436,20 €
Importe adjudicado (con IVA)
11.479,82 €
Presupuesto base (sin IVA)
12.941,82 €
Baja
19,36 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
10.436,20 € – 12.851,90 €
Fecha de adjudicación
12/05/2026
Formalización del contrato
20/05/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: SI, por un periodo de 2 AÑOS, a través de prorrogas anuales. PLAZO TOTAL DEL CONTRATO INCLUIDAS LAS PRORROGAS: 3 AÑOS.

Criterios de adjudicación

  • CRITERIOS CUALITATIVOS. Ponderación 51 puntos.(Automático)Ponderación: 51
  • PRECIO. Ponderación 49 puntos(Automático)Ponderación: 49

Solvencia económica y financiera

  • A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 36.852,37 €, si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: Lote 1: valor medio anual: 5.818,19 €. Volumen de negocio requerido: 8.727,28 € Lote 2: valor medio anual: 4.945,45 €. Volumen de negocio requerido: 7.418,18 € Lote 3: valor medio anual: 13.804,61 €. Volumen de negocio requerido: 20.706,91 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional –la misma—que el valor anual estimado del contrato. Ver pág. 58-59 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º REQUISITO: EXPERIENCIA EN SERVICIOS EJECUTADOS A) Criterio. EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 17.197,77 € si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: Lote 1: Valor anual medio: 5.818,19 €. Importe anual en el año de mayor ejecución (70%): 4.072,73 € Lote 2: Valor anual medio: 4.945,45 €. Importe anual en el año de mayor ejecución (70%): 3.461,82 € Lote 3: Valor anual medio: 13.804,61 €. Importe anual en el año de mayor ejecución (70%): 9.663,22 € C) Medio de acreditación: Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. Ver pág. 59-60 del PCAP.
  • EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 2º REQUISITO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO. A) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. B) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UN ÚNICO REQUISITO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: A) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. B) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa Ver pág. 60 del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 55100000

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