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Alcaldía del Ayuntamiento de AldaiaExpediente: 2025/RJUC-SERV/10Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación DPD protección de datos y esquema nacional de seguridad.

Información sobre la licitación Contratación DPD protección de datos y esquema nacional de seguridad de Alcaldía del Ayuntamiento de Aldaia. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Aldaia, del CPV 79000000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Aldaia

NIF: P4602100B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
8352,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
10.105,92 €
Presupuesto base (sin IVA)
25.000,00 €
Baja
66,59 %
Ofertas recibidas
5 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
03/02/2026
Formalización del contrato
16/02/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica más ventajosa (75 puntos)(Automático)Ponderación: 75
  • Horas de formación para el personal del ayuntamiento (25 puntos)(Automático)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • SOLVENCIA ECONÓMICA. Habida cuenta la naturaleza e importe del servicio a prestar en el presente pliego, atendiendo a lo establecido en el art. 87.1. a) de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, se estima que será necesario la presentación de: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior a 25.000 € euros, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. Por último, se propone como condición especial de ejecución de las previstas en el art. 202 de la LCSP, que la empresa adjudicataria deberá: Adoptar, en la ejecución del contrato, medidas que reduzcan el impacto ambiental, tales como: Uso prioritario de medios electrónicos para la entrega de informes, memorias o comunicaciones (evitando el papel); Reducción de desplazamientos presenciales mediante la utilización de videoconferencia u otras herramientas telemáticas; y, si hubiera desplazamientos, el uso de medios de transporte con bajas emisiones o compartidos.
  • SOLVENCIA TÉCNICA. La solvencia profesional debe acreditarse mediante el cumplimiento de los siguientes requerimientos en el equipo de proyecto asignado a este contrato. De conformidad con el art. 90.1 a) de la LCSP: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, se establece como valor mínimo de los contratos realizados en años anteriores, a efectos de poder considerar acreditada la solvencia técnica: 25.000 €

Códigos CPV

  • 79000000
  • 79411000
  • 79110000

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