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Alcaldía del Ayuntamiento de CártamaExpediente: 8293/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Renovación del césped artificial y la red de riego para el campo de fútbol "JOAQUÍN MARTÍN DÍAZ" de Cártama Pueblo.

Información sobre la licitación Renovación del césped artificial y la red de riego para el campo de fútbol "JOAQUÍN MARTÍN DÍAZ" de Cártama Pueblo de Alcaldía del Ayuntamiento de Cártama. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Cártama o del CPV 45212290.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Cártama

NIF: P2903800G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
España
Código NUTS
ES

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
150.648,91 €
Importe adjudicado (con IVA)
182.285,18 €
Presupuesto base (sin IVA)
182.058,63 €
Baja
17,25 %
Ofertas recibidas
7 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
116.340,85 € – 154.567,78 €
Fecha de adjudicación
01/09/2026
Formalización del contrato
11/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

Criterios de adjudicación

  • REDUCCIÓN DEL PRECIO(Automático)Ponderación: 60
  • CERTIFICADOS DE GESTIÓN: ISO-14001 e ISO-9001(Automático)Ponderación: 40

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica que deberá ostentar el licitador para participar en el presente proceso de contratación se justificará con, al menos uno de los siguientes medios: -VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS: El volumen de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, contados cómo años completos e inmediatamente anteriores a la aprobación del expediente de contratación, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. En este caso deberá ser, al menos, de 273.087,94-€. Dicho volumen se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. -PATRIMONIO NETO, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, habrá de ser igual o superior a 36.000,00.-€. El Patrimonio neto se acreditará mediante la aportación de las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional de los contratistas que no sean empresas de nueva creación, deberá apreciarse por el siguiente medio: Mediante la relación de las obras efectuadas, en los cinco últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se considerarán de igual o similar naturaleza aquellos en que se haya instalado césped artificial en campos de juego de fútbol, hockey, rugby y similares, no siendo necesario justificar la ejecución de redes de riego o su renovación. Las obras efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el contratista sea una EMPRESA DE NUEVA CREACIÓN, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se podrá acreditar, mediante la acreditación de la disponibilidad de los medios personales y materiales, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 3 del PCAP. La acreditación de estos medios se hará según lo dispuesto en el Anexo 9 dedicado a la adscripción obligatoria de medios.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45212290
  • 45236119
  • 39293400

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