Concejalía de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Talavera de la ReinaExpediente: 85/2026/CONComprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicio de asesoría y consultoría en materia de protección de datos y prestación de servicio de delegado de protección de datos.
Información sobre la licitación Contrato de servicio de asesoría y consultoría en materia de protección de datos y prestación de servicio de delegado de protección de datos de Concejalía de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Talavera de la Reina. Puedes consultar otras licitaciones de Concejalía de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, del CPV 79140000 o en Toledo.
Organismo contratante
Concejalía de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Talavera de la Reina
NIF: P4516600F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Toledo
- Código NUTS
- ES425
Documentos
- PCAP20261009 PCAP-CCC firmado.pdfAbrir original
- PPT20260724 PPTP.pdfAbrir original
- AnexoAnexos PCAP-CCC.odtAbrir original
- AnexoDEUC autorrellenable.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Duración máxima: Hasta 36 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 49
- Plan de Ejecución del Servicio(Juicio de valor)Ponderación: 21
- Mejora en horas de formación anual, durante el plazo de duración de ejecución del contrato, adicionales a las 5 horas establecidas en el PPTP.(Automático)Ponderación: 16
- Plan de Concienciación y Formación(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Plan de Comunicación(Juicio de valor)Ponderación: 4
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87.1.a) y 87.3 LCSP « cifra anual de negocio » : El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2023, 2024 y 2025) deberá ser al menos de 13.500,00 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante su libro de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Artículo 90.1.b) LCSP «técnicos y unidades técnicas»: Relación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no la empresa, participantes en el contrato, que a continuación se indica: - 1 Delegado de Protección de Datos, que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 37, en sus puntos 5 y 6, del RGPD y con titulación universitaria en Derecho (Licenciatura o grado) y contar con certificación de DPD acreditada por la AEPD. Se acreditará mediante una declaración del empresario en el que se indique el Delegado de Protección de Datos adscrito al contrato, con nombres, apellidos y cualificación profesional, así como mediante la presentación de la respectiva titulación o certificación acreditativa. Se justificará igualmente el tipo de vinculación con la empresa adjudicataria. Solvencia técnica para empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.4 de la LCSP exclusivamente mediante: Artículo 90.1.b) LCSP «técnicos y unidades técnicas»: Relación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no la empresa, participantes en el contrato, que a continuación se indica: - 1 Delegado de Protección de Datos, que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 37, en sus puntos 5 y 6, del RGPD y con titulación universitaria en Derecho (Licenciatura o grado) y contar con certificación de DPD acreditada por la AEPD. Se acreditará mediante una declaración del empresario en el que se indique el Delegado de Protección de Datos adscrito al contrato, con nombres, apellidos y cualificación profesional, así como mediante la presentación de la respectiva titulación o certificación acreditativa. Se justificará igualmente el tipo de vinculación con la empresa adjudicataria.
- Artículo 90.1.a) LCSP «trabajos realizados»: Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 79140000
- 79411000
- 72310000
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