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Consejo de Administración de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica S.M.E. M.P. S.A.Expediente: DSA/180/26Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de asistencia técnica para la realización de actividades de evaluación y planes de vigilancia continuada ATOS, FSTD y examinadores para el servicio de licencias del personal de vuelo.

Información sobre la licitación Servicio de asistencia técnica para la realización de actividades de evaluación y planes de vigilancia continuada ATOS, FSTD y examinadores para el servicio de licencias del personal de vuelo de Consejo de Administración de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica S.M.E. M.P. S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica S.M.E. M.P. S.A., del CPV 71356200 o en Madrid.

Organismo contratante

Consejo de Administración de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica S.M.E. M.P. S.A.

NIF: A79818423

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
134.460,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
162.696,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
134.460,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
134.460,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Criterios de adjudicación

  • Propuesta Metodología de trabajo.(Juicio de valor)Ponderación: 45
  • Precio prestación (excluidos gastos de desplazamiento a justificar).(Automático)Ponderación: 45
  • Experiencia adicional del perfil 1 “Piloto de helicóptero” disponible para la ejecución del contrato respecto al mínimo exigido en el apartado 8.3. del presente PCAP(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Seguro de responsabilidad civil general (con cobertura por riesgos profesionales). Se acreditará por medio de un justificante de la existencia de dicho seguro de responsabilidad civil, por importe igual o superior al indicado. La suscripción de esta póliza se justificará a SENASA, mediante entrega de una copia de la póliza y justificante del pago de la prima correspondiente previa formalización del contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • Será necesario que el personal que ejecute los trabajos cuente con experiencia relevante en 7 de los siguientes puntos: PERFIL 1: Piloto de helicóptero. Número de recursos perfil: Uno (1). i. Licencia CPL(H). ii. Mas de 3.000 horas de vuelo, demostrables en más de un tipo de helicóptero. iii. Más de 2.000 hrs de piloto al mando en helicóptero iv. Tener o haber tenido habilitaciones multipiloto/multimotor/ir/instructor o examinador. v. Experiencia en trabajos aéreos- extinción de incendios. vi. Experiencia de al menos 2 años realizando actuaciones materiales de inspección(auditorias e inspecciones en operaciones aéreas de helicópteros) para una autoridad de aviación civil. vii. Idioma español, inglés e informática a nivel usuario (Microsoft office). viii. Formación y conocimientos en legislación aeronáutica, factores humanos, calificación de simuladores FSTD ix. Conocimientos y/o formación EASA FCL (FSTD, PARTE FCL, PARTE ORA, PARTE ARA). Las condiciones de solvencia profesional solicitadas se acreditarán mediante declaración responsable.
  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo de los TRES (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. En el caso de las empresas de nueva creación, cuando se trate de contratos no sujetos a regulación armonizada, la solvencia técnica o profesional podrá acreditarse (cuando no se especifique expresamente en el apartado 8.2 del CC), de acuerdo con lo establecido en el artículo 90.4 de la LCSP). Las condiciones de solvencia técnica solicitadas se acreditarán mediante declaración responsable.

Códigos CPV

  • 71356200

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