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Presidencia del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria Expediente: CEGC_2024-19Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de gestión laboral y de nóminas y de asesoramiento laboral

Información sobre la licitación Servicio de gestión laboral y de nóminas y de asesoramiento laboral de Presidencia del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria, del CPV 79631000 o en Canarias.

Organismo contratante

Presidencia del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria

NIF: P3500018A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Canarias
Código NUTS
ES70

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
33.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
35.310,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
55.800,00 €
Baja
40,86 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
33.000,00 € – 47.500,00 €
Fecha de adjudicación
06/11/2025
Formalización del contrato
17/12/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Hasta un máximo de dos años.

Criterios de adjudicación

  • 1. OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 40
  • 4. Puesta a disposición de este servicio para el Consorcio de otra persona más con la misma cualificación profesional Grado o diplomatura en Relaciones Laborales, Graduado Social o título equivalente además de(Automático)Ponderación: 20
  • 3. Compromiso a reducir en la mitad los plazos previstos en el punto 5 del PPTP(Automático)Ponderación: 10
  • 5. Compromiso a aumentar a dos días la asistencia a las reuniones recogida en el punto 5 del pliego de prescripciones técnicas.(Automático)Ponderación: 10
  • 2. Confección de un número de nóminas superior a las 230 que recoge el pliego(Automático)Ponderación: 10
  • 6. Compromiso a impartir de forma presencial u online, a elección del Consorcio, 10 horas de formación anuales en materia laboral y/o de seguridad social a petición del CEGC. (Sí/No)(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Inicialmente mediante declaración DEUC. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos de 41.850,00 €. En el caso que atendiendo a la fecha de constitución o inicio de actividades no alcancen las mismas el período de tres años, se exigirá que el licitador disponga del mínimo de solvencia exigido respecto del ejercicio de mayor volumen de los ejercicios disponibles. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Inicialmente mediante declaración DEUC. Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad por riesgos profesionales, por importe de 122.760,00 €. La disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, deberá estar vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, debiendo aportar además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. El requisito de la disposición de un seguro se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 150.2 de la LCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, de prórroga o de renovación del seguro.

Solvencia técnica o profesional

  • Inicialmente mediante declaración DEUC. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. En especial, la empresa deberá estar provista del equipamiento informático necesario para el desempeño de las actuaciones objeto del contrato. Dicho equipamiento informático deberá ser compatible con las peculiaridades que posee la Administración Pública en materia de gestión de nóminas, seguros sociales e impuestos, además de poder adaptarse a los posibles cambios legislativos y normativos que afecten al Sector Público. Asimismo, deberá contar con un sistema eficaz de comunicación telemática que facilite el envío de la documentación de una forma rápida y eficaz. La empresa deberá detallar el equipamiento informático con el que cuenta, debiendo contar con un software que sea compatible para importar o exportar datos con el software de nómina a3ASESOR|nom.
  • Inicialmente mediante declaración DEUC. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se requiere que importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 19.530,00 €.
  • Inicialmente mediante declaración DEUC. Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma. La persona que actúe de interlocutor diario ente el Consorcio y la adjudicataria y que le preste asesoramiento laboral permanente deberá tener la titulación de Grado o diplomatura en Relaciones Laborales, Graduado Social o título equivalente.

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 79631000

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