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Alcaldía de Ayuntamiento de la RamblaExpediente: GEX 2791/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión demanial por utilización privativa del dominio público del Bar-Cafetería del Hogar del Pensionista de La Rambla

Información sobre la licitación Concesión demanial por utilización privativa del dominio público del Bar-Cafetería del Hogar del Pensionista de La Rambla de Alcaldía de Ayuntamiento de la Rambla. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía de Ayuntamiento de la Rambla, del CPV 55330000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldía de Ayuntamiento de la Rambla

NIF: P1405700D

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Contrato

Tipo
Patrimonial
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
4884,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
5909,64 €
Presupuesto base (sin IVA)
32.400,00 €
Baja
84,93 %
Ofertas recibidas
3 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
4320,00 € – 26.859,50 €
Fecha de adjudicación
18/07/2025
Formalización del contrato
24/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

La concesión tendrá una duración inicial de DOS (2) AÑOS contados a partir del día siguiente al de la firma de su formalización, siendo prorrogable año tras año hasta un máximo de DIEZ (10) AÑOS

Criterios de adjudicación

  • Mayor canon ofertado(Automático)Ponderación: 65
  • Mantenimiento anual pintura y mantenimiento paramentos fachada edificio y acceso a instalaciones(Automático)Ponderación: 15
  • Mantenimiento anual pintura de herrajes y ventanas de carpintería de madera(Automático)Ponderación: 15
  • Pintura interior del local con carácter anual(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • De acuerdo con el artículo 87.1 apartado b) de la LCSP la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al 50% del canon con las posibles prórrogas del contrato hasta los diez años (32.400,00 €), durante la vigencia del mismo.

Solvencia técnica o profesional

  • De acuerdo con el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP la solvencia técnica del empresario se acreditará por una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado. Se considera que se tiene la solvencia profesional si se acredita que en el período señalado se ha realizado servicios o trabajos, de igual o similar naturaleza, durante un período mínimo de un año. Asimismo y para empresas de nuevas creación, tendríamos que estar a los dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP que establece; “En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.”

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 55330000
  • 55410000

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