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Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-realExpediente: 2024/00022939PComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratar la asistencia técnica para la realización de los trabajos de coordinación en materia de seguridad y salud durante los trabajos y servicios de mantenimiento correspondientes a actuaciones de albañilería para el mantenimiento, conservación y reparación de aceras, calzadas, barreras arquitectónicas, infraestructuras de alumbrado público y telecomunicación, parques y jardines

Información sobre la licitación Contratar la asistencia técnica para la realización de los trabajos de coordinación en materia de seguridad y salud durante los trabajos y servicios de mantenimiento correspondientes a actuaciones de albañilería para el mantenimiento, conservación y reparación de aceras, calzadas, barreras arquitectónicas, infraestructuras de alumbrado público y telecomunicación, parques y jardines de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real, del CPV 71317210 o en Castellón/Castelló.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real

NIF: P1213500J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Castellón/Castelló
Código NUTS
ES522

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
14.396,94 €
Importe adjudicado (con IVA)
17.420,30 €
Presupuesto base (sin IVA)
17.776,20 €
Baja
19,01 %
Ofertas recibidas
6 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
13.332,15 € – 17.331,79 €
Fecha de adjudicación
12/06/2026
Formalización del contrato
25/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

De acuerdo a lo establecido en el artículo 29.4 LCSP cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista, como consecuencias de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación, producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y, en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.

La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. El contratista no tendrá derecho a indemnización o compensación económica en aquellos casos en que estando prevista la prórroga el órgano de contratación decida no prorrogar el contrato.

Criterios de adjudicación

  • Experiencia del coordinador de Seguridad Salud(Automático)Ponderación: 51
  • Proposición económica(Automático)Ponderación: 49

Solvencia económica y financiera

  • Podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios: a) .../ b) Certificación emitida por compañía aseguradora de tener suscrita y en vigor al día de la presentación de la plica una póliza de seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior a 300.000€ para cubrir los daños materiales y/o personales y perjuicios ocasionados a terceros en el desarrollo de los trabajos ejecutados por el licitador. El licitador aportará compromiso firmado de mantener y renovar la citada póliza de seguro de responsabilidad civil mientras dure el contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del art. 150 de la LCSP. La acreditación de éste requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento de seguro y, mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación de seguro, en los casos que proceda.
  • Podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos de 32.263,80 euros. Este volumen anual de negocios se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deberán presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro Mercantil, siempre que el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que debiera estar inscrito. Los empresarios individuales acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. b).../

Solvencia técnica o profesional

  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados seran comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior a 15.056,44 €. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, la solvencia técnica se acreditará de conformidad con el art. 90.4 / 89.1 H) de la Ley de Contratos del Sector Público, aportando una declaración en la que se indiquen los medios suficientes que serán valorados por el técnico competente en la materia de los que se dispondrá para la ejecución del contrato, acompañada de la documentación acreditativa pertinente.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71317210

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