Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de AntequeraExpediente: 2025CONTRA000029Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El presente contrato tiene por objeto la realización de los trabajos de dirección facultativa de la “Obra de reforma para la mejora de la sostenibilidad, digitalización y accesibilidad de las instalaciones deportivas “El Maulí”.
Información sobre la licitación El presente contrato tiene por objeto la realización de los trabajos de dirección facultativa de la “Obra de reforma para la mejora de la sostenibilidad, digitalización y accesibilidad de las instalaciones deportivas “El Maulí” de Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera. Puedes consultar otras licitaciones de Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera, del CPV 71247000 o en Málaga.
Organismo contratante
Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera
NIF: P2901500E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Málaga
- Código NUTS
- ES617
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 12.400,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 15.004,20 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 16.086,00 €
- Baja
- 22,91 %
- Ofertas recibidas
- 3 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 12.400,00 €
- Fecha de adjudicación
- 24/06/2025
- Formalización del contrato
- 27/06/2025
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 4100,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 4961,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 5623,80 €
- Baja
- 27,1 %
- Ofertas recibidas
- 3 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 4100,00 €
- Fecha de adjudicación
- 24/06/2025
- Formalización del contrato
- 27/06/2025
Documentos
- PCAPPCAP DIRECCION FACULTATIVA .pdfAbrir original
- PPTPPT DIRECCION FACULTATIVA.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedientePROYECTO TECNICOAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 17 meses
Ver cláusula séptima del PCAP.
Criterios de adjudicación
- CRITERIO 1: MEMORIA TÉCNICA(Juicio de valor)Ponderación: 40
- CRITERO 1: MEJOR OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 30
- CRITERIO 2: ESPCIAL SEGUIMIENTO DE LA OBRA(Automático)Ponderación: 30
Solvencia económica y financiera
- Ver cláusula octava del PCAP. Teniendo en cuenta que la solvencia económica y financiera debe ser proporcional al objeto del contrato, como medios de acreditación de la misma se establecen los siguientes: Volumen anual de negocios o bien volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual al valor estimado del contrato. En este caso deberá ser superior a 16.086,00 €, para el LOTE 1 y 5.623,80 € para el LOTE 2. El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las de- positadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de cuentas anuales registradas deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe, conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.
Solvencia técnica o profesional
- Ver cláusula octava del PCAP. Teniendo en cuenta que en los contratos de servicios la solvencia técnica y profesional deberá apreciarse en función de los conocimientos técnicos del empresario así como su eficacia, experiencia y fiabilidad (artículo 90 ley 9/2017), como medio/s de acreditación de la misma se establece/n el/los siguiente/s: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato, como máximo, los tres últimos años en el que s indique el importe, la fecha y el destinatario. El importe mínimo de la suma de los trabajos de dicha relación deberá ser superior al valor estimado del contrato. En este caso particular deberá ser superior a 16.086,00 €, para el primer lote y 5.623,80 € para el segundo lote. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá al código CPV asociado a la licitación. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren la letra e) del artículo 90 de la LCSP, indicando los títulos académicos y profesionales de los técnicos adscritos a la ejecución del contrato.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 71247000
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