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Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.AExpediente: 2024-P410Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de realojo temporal

Información sobre la licitación Servicio de realojo temporal de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A o del CPV 85310000.

Organismo contratante

Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A

NIF: A86602158

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
España
Código NUTS
ES

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
18.810,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
22.760,10 €
Presupuesto base (sin IVA)
20.878,00 €
Baja
9,91 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
18.810,00 € – 20.878,00 €
Fecha de adjudicación
24/01/2025
Formalización del contrato
27/01/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

3 posibles prórrogas de 6 meses.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 49
  • Reducción del plazo máximo de búsqueda de la solución habitacional conforme se establece en el objeto del contrato(Automático)Ponderación: 36
  • Haber realizado una actividad similar a la del objeto del contrato en más de tres clientes en los últimos 3 años(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • El adjudicatario deberá acreditar un volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Adscripción a la formalización del contrato de un (1) Responsable de contrato con una experiencia mínima de 3 años en la ejecución de planes de acompañamiento en unidades familiares. La adscripción de este medio se acreditará con la presentación del CV del Responsable de contrato propuesto.
  • El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional serán los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se acreditará mediante una relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años. La relación de servicios deben enviarla como certificados de trabajo o mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. De conformidad con lo establecido en el art. 90.4 de la LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, su solvencia se acreditará con la descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Para considerar acreditada la solvencia, será necesario que el licitador esté en posesión de la ISO 9001, o equivalente, o, en su defecto, tenga desarrollado un sistema de control de calidad, debiendo aportar descripción del mismo.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 85310000

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