Alcaldía del Ayuntamiento de MislataExpediente: 24-SE-26Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicios para la prestación del servicio de atención especializada para mujeres víctimas de violencia machista.
Información sobre la licitación Contrato de servicios para la prestación del servicio de atención especializada para mujeres víctimas de violencia machista de Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata, del CPV 85312300 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 50.489,92 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 50.489,92 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 51.738,04 €
- Baja
- 2,41 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 36,67 €
- Fecha de adjudicación
- 14/01/2025
- Formalización del contrato
- 28/01/2025
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteRequerimiento al clasificado en primer lugar de la documentación previa a la adjudicación del contrato.Abrir original
- ExpedienteCertificado de acuerdos de la Mesa de contratación del día 13/12/2024.Abrir original
- ExpedienteActa de la Mesa de contratación. Sesión de fecha 13/12/2024.Abrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteCertificado de acuerdos de la Mesa de contratación del día 28/11/2024.Abrir original
- ExpedienteActa de la Mesa de contratación. Sesión de fecha 28/11/2024.Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteNormas reguladoras del servicio.Abrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
De acuerdo con lo previsto en el párrafo segundo del artículo 29.2 de la LCSP 2017, la prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
El plazo de ejecución inicial del contrato podrá prorrogarse anualmente por dos años más, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de dos años.
Criterios de adjudicación
- Calidad de la solución técnica propuesta: proyecto.(Juicio de valor)Ponderación: 45
- Mayor baja de precio Intervención 1 “Apoyo psicológico para mujeres maltratadas”.(Automático)Ponderación: 30
- Formación de la plantilla adscrita a la ejecución del contrato.(Automático)Ponderación: 10
- Mayor baja de precio Intervención 2 “Educación emocional y empoderamiento”.(Automático)Ponderación: 9
- Mayor rebaja del precio unitario/hora Intervención 3 “Asistencia especializada en Punto violeta”.(Automático)Ponderación: 6
Solvencia económica y financiera
- La solvencia técnica o profesional se acreditará por cualquiera de los siguientes medios: b).1. Volumen anual de negocios: Se exige acreditar un volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 38.803,53 euros (IVA excluido). b).2. Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. Deberá acreditarse que se dispone de un seguro de indemnización por riesgos profesionales que incluya, como mínimo las especificaciones, coberturas, límites de indemnización y características del seguro exigido al licitador que resulte adjudicatario que se detallan en la cláusula 35ª del presente pliego, así como aportar el compromiso de su renovación o póliza que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará necesariamente por todos y cada uno de los siguientes medios: a).1. Experiencia en la ejecución de contratos análogos: Deberá acreditarse la ejecución, en los últimos tres años, de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, avalados por certificados de buena ejecución expedidos por el destinatario público o privado de los mismos, siendo requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la cantidad de 18.108,31 euros. No se tomarán en consideración los certificados de buena ejecución que omitan alguna de las siguientes menciones: - El objeto de la contratación, incluida la especificación del código CPV. - Los importes y las fechas de ejecución de los servicios o trabajos (día/mes/año). EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: La solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refiere en la cláusula 16 del pliego de cláusulas administrativas particulares, sin que sea aplicable lo establecido sobre ejecución de un número determinado de servicios o trabajos descrito en la cláusula más arriba indicada. a).2. Adscripción de medios personales. Además de acreditar la solvencia técnica o profesional según lo indicado en el apartado anterior, el licitador propuesto como adjudicatario del contrato deberá comprometerse por escrito a que, en caso de resultar contratista, adscribirá a la ejecución del contrato los medios personales adecuados en los términos expresados en el apartado 6º del pliego de prescripciones técnicas.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 85312300
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