Alcaldía del Ayuntamiento de MislataExpediente: 26-SE-19Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contratación de los servicios de orientación educativa y psicopedagógica en los centros escolares públicos de Mislata.
Información sobre la licitación Contratación de los servicios de orientación educativa y psicopedagógica en los centros escolares públicos de Mislata de Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata, del CPV 85121270 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- AnexoNORMAS REGULADORAS.pdfAbrir original
- ExpedienteRESOLUCION DE AUTORIZACION DE ASISTENCIA TECNICA ESPECIALIZADAAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 22 meses
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP, el contrato podrá prorrogarse por un período máximo adicional de dos (2) años, sin que su duración total, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro (4) años, equivalentes a un máximo de cuarenta y cuatro (44) mensualidades de prestación efectiva del servicio.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 45
- Calidad de la solución propuesta (proyecto técnico)(Juicio de valor)Ponderación: 43
- Calidad extra del personal a adscribir a la ejecución del contrato (formación específica previa relacionada con las UECO o con las especificidades del alumnado atendido en estas aulas)(Juicio de valor)Ponderación: 6
- Calidad en el empleo (actualización durante la ejecución del contrato de la formación de la plantilla que lo ejecutará)(Automático)Ponderación: 6
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera de los licitadores podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, y el artículo 11 del RGLCAP, a saber: a) Volumen anual de negocios: Se exigirá que el volumen anual de negocios de la persona o entidad licitadora, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades y de presentación de las ofertas, sea igual o superior a 427.597,50 euros. O bien, b) seguro de indemnización por riesgos profesionales, que cubra, como mínimo, las condiciones exigidas en la cláusula 35ª del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica y profesional se acreditará necesariamente por todos y cada de los siguientes medios: (1) Experiencia en la ejecución de trabajos del mismo tipo o naturaleza de los que constituyen el objeto del presente contrato. Deberá acreditarse la ejecución, en los últimos tres años, de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato. A estos efectos, se considerarán del mismo tipo o naturaleza aquellos que se correspondan con alguno de los siguientes códigos CPV: CPV 85121270-6: Servicios psiquiátricos y psicológicos. CPV 85312300-2: Servicios de orientación y asesoramiento. Será requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los servicios o trabajos acreditados sea igual o superior al setenta por ciento de la anualidad media del presente contrato. A estos efectos, la anualidad media se calcula a partir del valor estimado del contrato, que asciende a 1.140.260,00 euros, dividiéndolo entre el número total de mensualidades de prestación efectiva previstas para la duración máxima del contrato, esto es, cuarenta y cuatro (44) mensualidades, y multiplicando el resultado por once (11) mensualidades de prestación efectiva anual. 2) Adscripción de medios personales idóneos para la ejecución del contrato. Además de la acreditación de la solvencia técnica o profesional en los términos indicados en el apartado anterior, las personas o entidades licitadoras deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales suficientes y con la cualificación adecuada para la correcta prestación del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 76.2 de la LCSP y en la cláusula 5.3 del pliego de prescripciones técnicas particulares. Véase el detalle de la cláusula 16ª del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 85121270
- 85312300
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