Presidencia de la Diputación Provincial de ÁvilaExpediente: 9812/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicios para la gestión de los perfiles de redes sociales de la marca colectiva Ávila Auténtica
Información sobre la licitación Contrato de servicios para la gestión de los perfiles de redes sociales de la marca colectiva Ávila Auténtica de Presidencia de la Diputación Provincial de Ávila. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Ávila, del CPV 79340000 o en Ávila.
Organismo contratante
Presidencia de la Diputación Provincial de Ávila
NIF: P0500000E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Ávila
- Código NUTS
- ES411
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 27.120,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 32.815,20 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 30.000,00 €
- Baja
- 9,6 %
- Ofertas recibidas
- 5 (5 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 27/12/2024
- Formalización del contrato
- 03/01/2025
Documentos
- PCAPPliego de clausulas administrativas particulares.pdfAbrir original
- PPTPliego de prescripciones tecnicas.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II.docAbrir original
- AnexoAnexo I.docAbrir original
- ExpedienteInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteInforme idoneidad y valoraciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAnexo II corregidoAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAnexo II corregidoAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
El contrato tendrá una duración de 1 año a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato, pudiéndose prorrogar por 2 años más. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo, tal y como regula el artículo 29.2 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El contrato tendrá una duración de 1 año a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato, pudiéndose prorrogar por 2 años más.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica. Precio de licitación ofertado(Automático)Ponderación: 75
- Calidad(Juicio de valor)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Las empresas de nueva creación podrán acreditar su solvencia económica y financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Solvencia técnica o profesional
- Se exige para el desarrollo del contrato, contar con un equipo mínimo de cinco profesionales, con los siguientes perfiles de especialistas: Un Social Media Manager, con funciones de liderazgo de toda la estrategia de la marca en redes sociales con más de 7 años de experiencia en redes sociales y gestión de equipos. Un Paid Media Manager con funciones de liderazgo de la estrategia digital de la marca, en posesión de grado de Marketing y/o Periodismo y Máster en Dirección de Marketing Digital. Experiencia en uso de herramientas como Meta Ads, X Ads y TikTok Ads, así como en análisis de métricas. Un Community Manager con más de 3 años de experiencia. En posesión de grado de Marketing y/o Periodismo y Máster en Marketing Digital. Un Branding Manager especialista en dirección de arte, dirección gráfica y dirección creativa en posesión del grado de Diseño Gráfico y/o licenciatura en Publicidad. Así como haber desarrollado un curso en Inteligencia Artificial aplicada para creativos. Con más de 6 años de experiencia. Dominio de herramientas de diseño como FIGMA, CapCut y Suite Adobe. 1 técnico especialista en diseño gráfico con titulación universitaria acreditativa en Diseño Gráfico con más de 5 años de experiencia en el diseño de redes sociales. Dominio de herramientas de diseño como FIGMA, CapCut y Suite Adobe. La acreditación de la experiencia requerida para formar parte del equipo de profesionales se realizará mediante: currículum vitae expresivo de los asuntos más relevantes para la gestión de redes sociales en los que haya participado
- Se exige relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público de los mismos, con un mínimo de 1 año de experiencia en 2 cuentas con administraciones públicas del mismo perfil que la cuenta de Ávila Auténtica. Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno de los medios referidos en las letras b) e i) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo relativo al límite cuantitativo y temporal de la ejecución de servicios. Acreditación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79340000
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