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Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-realExpediente: 2025/00017724XComprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de gestión y dirección de la Escuela Municipal de Teatro y Artes de Calle del Ayuntamiento de Vila-real

Información sobre la licitación Servicio de gestión y dirección de la Escuela Municipal de Teatro y Artes de Calle del Ayuntamiento de Vila-real de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real, del CPV 80000000 o en Castellón/Castelló.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real

NIF: P1213500J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Castellón/Castelló
Código NUTS
ES522

Adjudicación

Formalizado

LA FAM TEATRE, S.L.B12400305
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
56.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
67.760,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
57.851,24 €
Baja
3,2 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
56.000,00 € – 56.809,92 €
Fecha de adjudicación
11/03/2026
Formalización del contrato
12/03/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 14 meses

El contrato será prorrogable por un nuevo curso que comenzará el 1 de octubre de 2027 al 31 de mayo de 2028. Para la prórroga se requerirá acuerdo expreso del órgano de contratación. (Ver cláusula 5 del PCAP)

Criterios de adjudicación

  • Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 50
  • Calidad del servicio a prestar(Automático)Ponderación: 35
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos de 49.586,78 euros. Este volumen anual de negocios se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deberán presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro Mercantil, siempre que el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que debiera estar inscrito. Los empresarios individuales acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Solvencia técnica o profesional

  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Cuando sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior a 23.140,50 €. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, la solvencia técnica se acreditará de conformidad con el art. 89.1 H) de la Ley de Contratos del Sector Público, aportando una declaración en la que se indiquen los medios suficientes que serán valorados por el técnico competente en la materia de los que se dispondrá para la ejecución del contrato, acompañada de la documentación acreditativa pertinente.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80000000
  • 79956000

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