Saltar al contenido

Autoridad Portuaria de Marín y Ría de PontevedraExpediente: 11/24Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Gestión, asesoramiento y liquidación del Impuesto de Sociedades, así como el asesoramiento en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido en la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra

Información sobre la licitación Gestión, asesoramiento y liquidación del Impuesto de Sociedades, así como el asesoramiento en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido en la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra de Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. Puedes consultar otras licitaciones de Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, del CPV 79221000 o en Pontevedra.

Organismo contratante

Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra

NIF: Q3667004J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Pontevedra
Código NUTS
ES114

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
21.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
25.410,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
24.000,00 €
Baja
12,5 %
Ofertas recibidas
3 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
13.520,00 € – 21.000,00 €
Fecha de adjudicación
10/02/2025
Formalización del contrato
19/02/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

CLÁUSULA SÉPTIMA PCAP. Duración del Contrato y plazo de ejecución.

Criterios de adjudicación

  • Proposición técnica(Juicio de valor)Ponderación: 80
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • CLÁUSULA OCTAVA PCAP. Acreditación de la Aptitud para Contratar. Solvencia económica y financiera del empresario, de acuerdo con el artículo 87.1.a) de la LCSP. Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo: el licitador deberá acreditar un volumen de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos que deberá ser cómo mínimo 36.000 euros (1,5 del valor estimado del contrato). Forma de acreditación: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, de conformidad con los artículos 87.2 de la LCSP y 11.4.a) del RGLCAP, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el caso de empresarios obligados a someter sus cuentas a auditoría, deberá acompañarse copia de dicho informe.
  • CLÁUSULA OCTAVA PCAP. Acreditación de la Aptitud para Contratar. Solvencia económica y financiera del empresario. Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales Alternativamente a la cifra anual de negocio, el licitador podrá justificar su solvencia económica o financiera mediante seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe no inferior al doble del valor estimado del contrato. A tal fin aportará la siguiente documentación: Certificado expedido por el asegurador en el que consten los importes y riesgos asegurados y las fechas de vencimiento del seguro. Compromiso vinculante firmado por el licitador de renovación o prórroga del seguro que garantice el cumplimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Copia del último recibo abonado relativo al seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.

Solvencia técnica o profesional

  • CLÁUSULA OCTAVA PCAP. Acreditación de la Aptitud para Contratar. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas en la empresa, participantes en el contrato. Requisito mínimo. Personal técnico: En cumplimiento del artículo 76.2 de la LCSP los licitadores se comprometerán expresamente a adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios personales exigidos en el apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas particulares, teniendo carácter de obligación esencial a efectos previstos en el 211 de la LCSP. Forma de acreditación: Licitadores: Declaración responsable. Posible adjudicatario: Acreditación de la formación mediante la aportación de los títulos profesionales habilitantes y de la experiencia mediante la presentación de certificados de buena ejecución de los terceros para los que se ha realizado la prestación. Encabezando el dossier de certificados se incluirá junto al nombre, titulación y años de experiencia acreditables en el ejercicio profesional de asistencia fiscal. Adicionalmente, se incluirá una tabla resumen con los proyectos de los que ha sido máximo responsable, incluyendo: fecha, cliente, título del proyecto.
  • CLÁUSULA OCTAVA PCAP. Acreditación de la Aptitud para Contratar. Tratándose de un contrato de servicios la solvencia técnica o profesional de los empresarios de acuerdo con el artículo 90.1 de la LCSP, deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se acreditará por el medio siguiente: a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los TRES (3) últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomándose como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y aquellos que constituyen el objeto del presente contrato, los servicios de asistencia fiscal en impuesto de Sociedades e IVA: Requisito mínimo: importe anual mínimo acumulado de al menos de 22.000 €/año, referido al año de mayor ejecución dentro del citado intervalo de tiempo. Forma de acreditación: Licitadores: Declaración responsable. Posible adjudicatario: Certificados expedidos o visados por el Órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, una declaración jurada acompañada de documentos obrantes en poder del empresario que acrediten la realización del servicio. Encabezando el dossier de certificados se incluirá una tabla resumen en la que se indique: fecha, cliente, importe del contrato y título del contrato. Se incluirá el sumatorio de los importes anuales acumulados. En el caso de que el importe sea en divisa extranjera, se incluirá también su importe en euros empleado la conversión que rija en la fecha de publicación del presente concurso.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79221000

Cargando datos del organismo…

Cargando licitaciones relacionadas…

Cargando adjudicaciones similares…

Usamos cookies técnicas para la sesión y guardamos su elección durante 180 días. El pago puede usar cookies del proveedor. Consulta la política de cookies y la política de privacidad.

Gestión, asesoramiento y liquidación del Impuesto de Sociedades, así como el asesoramie... | Contratica