Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.AExpediente: 2024-P201Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de valoración periódica de la cartera a efectos regulatorios y no transaccionales.
Información sobre la licitación Servicio de valoración periódica de la cartera a efectos regulatorios y no transaccionales de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A, del CPV 79411000 o en Madrid.
Organismo contratante
Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A
NIF: A86602158
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 105.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 127.050,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 150.000,00 €
- Baja
- 30 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 105.000,00 € – 115.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 60
- Propuesta de servicio, metodología, herramientas de trabajo y cumplimiento de requerimientos(Juicio de valor)Ponderación: 25
- Haber realizado el servicio objeto de la licitación en más de 3 clientes en los últimos 3 años(Automático)Ponderación: 10
- Configuración del equipo de trabajo propuesto para el servicio(Juicio de valor)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año y deberá ser al menos una vez y media el valor medio del lote o lotes a los que presenta proposición. Se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Los empresarios no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán esta circunstancia mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional serán los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a lo establecido en el artículo 90 de la LCSP. La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la relación de los tres principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años. La relación de los tres principales servicios debe remitirse como certificados de trabajo.
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 79411000
- 79419000
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