Gerencia Regional de Salud de Castilla y LeónExpediente: 0000-009-1-2025-14432Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro e implantación de una plataforma de gestión del conocimiento de la formación especializada, docencia y comunicación para el ámbito sanitario de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
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Organismo contratante
Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
NIF: Q4700608E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valladolid
- Código NUTS
- ES418
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 387.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 468.270,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 450.000,00 €
- Baja
- 14 %
- Ofertas recibidas
- 3 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 441.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 27/12/2024
- Formalización del contrato
- 30/01/2025
Documentos
- PCAPPliego Clausulas Adv Particulares.pdfAbrir original
- PPTPliego de Prescripciones Tecnicas.pdfAbrir original
- AnexoDEUC.xmlAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 7 meses
Criterios de adjudicación
- 0.- Propuesta tecnológica(Juicio de valor)Ponderación: 35
- 2.- Ampliación de garantía(Automático)Ponderación: 20
- 3.- Mejora transferencia tecnológica y funcional(Automático)Ponderación: 10
- 1.- Precio(Automático)Ponderación: 5
- 4.- Plataforma tecnológica(Automático)Ponderación: 4
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera se acreditará, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, por importe igual o superior a 675.000,00 €. Se acreditará mediante la presentación de la cuenta de pérdidas y ganancias en cualquiera de los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, documentado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas legalizados por el Registro Mercantil. La elección del medio indicado en el artículo 87.1. a) de la LCSP para acreditar la solvencia económica, viene motivada porque el volumen anual de negocios, al que se hace referencia en dicho artículo y que se considera el más apropiado para el objeto de este contrato, presupone que el licitados dispone de la liquidez necesaria que pueda garantizar, desde el punto de vista económico, la ejecución del contrato; aspecto éste que no se presupone con el "patrimonio neto" al que se hace referencia en el apartado c) del citado artículo 87.1 de la LCSP. El resto de los medios a los que se hace referencia en el artículo 87 de la LCSP para acreditar la solvencia económica, o no son de aplicación por ser propios de otros tipos de contrato, o como ocurre con el medio indicado en el apartado 87.1 b), "seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales", es más apropiado para aquellos contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales de carácter intelectual.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará, de conformidad al art. 89 de la ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, mediante una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe mínimo global de 315.000,00 € (sin IVA), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se ha establecido un importe inferior al determinado en la ley con el fin de poder incrementar la concurrencia competitiva. La cesión de uso de licencias o trabajos efectuado se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considera que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, si los tres primeros dígitos de los códigos de la CPV correspondientes a los suministros realizados coinciden con los tres primeros dígitos del código de la CPV indicado en el apartado 1 de esta memoria. La justificación del medio indicado en el artículo 89.3 del LCSP para acreditar la solvencia técnica o profesional, viene motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato, y para ello, el medio más adecuado de entre los especificados en el artículo 89 de la LCSP es éste.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 48218000
- 72590000
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