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Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/S/24/SU/GE/A/0007Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de equipos de infusión por gravedad para administrar sueroterapia (gota a gota, toma de aire), en función de las necesidades ( DA 33 de la LCSP) para el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria y su red de centros

Información sobre la licitación Suministro de equipos de infusión por gravedad para administrar sueroterapia (gota a gota, toma de aire), en función de las necesidades ( DA 33 de la LCSP) para el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria y su red de centros de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 33190000 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria

NIF: Q8555011I

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
246.423,40 €
Importe adjudicado (con IVA)
253.816,10 €
Presupuesto base (sin IVA)
371.350,00 €
Baja
33,64 %
Ofertas recibidas
8 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 311.934,00 €
Fecha de adjudicación
28/02/2025
Formalización del contrato
02/04/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Criterios de adjudicación

  • Menor Precio(Automático)Ponderación: 95
  • Embalaje biodegradable(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • a) Medios para acreditar la solvencia se acreditará por el volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividad del empresario y de la presentación de la oferta, por importe igual o superior a ciento ochenta y cinco mil seiscientos setenta y cinco euros (185. 675,00). En el caso de empresas cuyo periodo de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del periodo de actividades de la empresa, que deberá ser igual o superior, en todo caso, la cuantía referida anteriormente por año o fracción de año acreditado. Se ha tenido en cuenta, para el cálculo de la solvencia económica, una anualidad del presupuesto base de licitación sin IGIC. b) Concreción de los requisitos, se acreditará por medio de certificación o nota simple de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el Registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicación considere apropiado.

Solvencia técnica o profesional

  • a) Medios para acreditar la solvencia: una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el empresario debe acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, debe ser igual o superior a ciento ochenta y cinco mil seiscientos setenta y cinco euros (185.675,00 €). b) Concreción de los requisitos: Relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fecha y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por el empresario o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres (3) primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 33190000
  • 33193225

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