Alcaldía del Ayuntamiento de la Histórica Villa de los Realejos Expediente: 2026/11087Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato mixto de suministro y servicios para el diseño y elaboración, transporte, montaje y desmontaje de banderolas y letreros en actividades del Área de Comercio del Ayuntamiento de Los Realejos
Información sobre la licitación Contrato mixto de suministro y servicios para el diseño y elaboración, transporte, montaje y desmontaje de banderolas y letreros en actividades del Área de Comercio del Ayuntamiento de Los Realejos de Alcaldía del Ayuntamiento de la Histórica Villa de los Realejos. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de la Histórica Villa de los Realejos, del CPV 22462000 o en Santa Cruz de Tenerife.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de la Histórica Villa de los Realejos
NIF: P3803100A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Tenerife
- Código NUTS
- ES709
Documentos
- PCAPPCAP servicio banderolas y letreros.pdfAbrir original
- PPTPPT servicio banderolas y letreros.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II.docxAbrir original
- AnexoAnexo IX.docxAbrir original
- AnexoAnexo I.docxAbrir original
- AnexoAnexo VII.docxAbrir original
- AnexoAnexo III.docxAbrir original
- AnexoAnexo IV.docxAbrir original
- AnexoAnexo VIII.docxAbrir original
- AnexoAnexo X.docxAbrir original
- AnexoAnexo V.docxAbrir original
- AnexoAnexo VI.docxAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
El contrato podrá ser objeto de TRES (3) PRÓRROGAS ANUALES, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP, sin que su duración total, incluidas las eventuales prórrogas, pueda exceder de CUATRO (4) AÑOS
Criterios de adjudicación
- MEJOR OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 70
- MEJORAS SIN COSTE ADICIONAL(Automático)Ponderación: 20
- MAYOR ANTELACIÓN EN LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS PUBLICITARIOS(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual debe ser igual o superior a 125.000,00 euros, cantidad que se encuentra dentro del margen determinado en el artículo 87.1, letra a, LCSP, conforme al cual El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato. Acreditación- aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el caso de empresas de nueva creación, se acreditará mediante justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 125.000,00 euros. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se exigirá acreditar que el importe anual acumulado de los suministros realizados durante el año de mayor ejecución de dicho período sea igual o superior a CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (14.883,75 euros), IGIC excluido, equivalente al 70 % de la anualidad media del contrato. Los suministros se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por la entidad o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a su coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Empresas de nueva creación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1, letra h), de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá para la ejecución del contrato, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerida. A estos efectos, deberá acreditarse la disponibilidad de medios técnicos y materiales adecuados para la fabricación, impresión, transporte, instalación y retirada de los elementos publicitarios objeto del contrato, ya sean propios o puestos a disposición de la empresa por terceros
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 22462000
- 79822500
- 79341000
- 79810000
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