Junta de Gobierno del Ayuntamiento de VinarósExpediente: 8407/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de Asistencia Técnica y Jurídica para la actuación "Programa de Actuación Integrada por gestión directa para urbanizar la Fase II del Sector Sur 17 y la urbanización del corredor verde de Vinaròs".
Información sobre la licitación Servicio de Asistencia Técnica y Jurídica para la actuación "Programa de Actuación Integrada por gestión directa para urbanizar la Fase II del Sector Sur 17 y la urbanización del corredor verde de Vinaròs" de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós, del CPV 71000000 o en Castellón/Castelló.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós
NIF: P1213800D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Castellón/Castelló
- Código NUTS
- ES522
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 489.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 591.690,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 602.044,55 €
- Baja
- 18,78 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 489.000,00 € – 556.891,21 €
- Fecha de adjudicación
- 11/05/2026
- Formalización del contrato
- 15/06/2026
Documentos
- PCAPPCAP SUR 17 - CORREDOR VERDE - TRAMITACION ANTICIPADA.pdfAbrir original
- PPTPPT SUR 17- CORREDOR VERDE.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteANEXO 1 Declaración Responsable Exp 8407-25Abrir original
- ExpedienteSobre 4 oferta economica Exp 8407-25Abrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 28-01-2026 a las 13hAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa por Videoconferencia 28-01-2026 a las 13hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 16-04-2026 a las 13hAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contractación 02-02-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa 24-02-26 a las 13h por VideoconferenciaAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa 06-02-26 a las 9h por VideoconferenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 06-02-26 a las 9hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 16-03-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 24-02-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 02-02-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 24-02-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 28-01-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 06-02-26 a las 13hAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa 02-02-26 a las 13h por VideoconferenciaAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 16-03-2026 a las 13hAbrir original
- ExpedienteDEUCAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa 16-03-26 a las 13h por VideoconferenciaAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 16-04-2026 a las 13hAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
No se establece posibilidad de prórroga.
Criterios de adjudicación
- Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 40
- Experiencia del equipo redactor en actuaciones similares a las incluidas en el objeto del contrato (Superior a la experiencia mínima exigida).(Automático)Ponderación: 20
- Mejor precio ofrecido(Automático)Ponderación: 20
- Composición del Equipo(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el art. 87 LCSP: 1.- Si el licitador es una empresa (persona jurídica), el criterio será el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que referido al año de mayor volumen de negocios dentro de los tres últimos sea al menos de una vez y media el valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y para el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que se hayan inscrito. 2.- Si se trata de profesionales (personas físicas), mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que de garantía al mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Esta póliza deberá de cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pueda surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá de tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta la finalización de la prestación del servicio. La suma del importe de la póliza o pólizas será de al menos 3 veces el valor estimado del contrato. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para conseguir el importe mínimo requerido. La acreditación de este requisito se efectuará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importe y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el compromiso vinculado de suscripción, prórroga o renovación del seguro, cuando proceda.
Solvencia técnica o profesional
- Para el caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por lo dispuesto en el primer punto de este apartado (personal técnico integrado o no en la empresa que participará en el contrato)
- El equipo facultativo debe estar constituido por el conjunto de personas físicas con titulación adecuada y suficiente que debe asumir la redacción de los proyectos y resto de documentación técnica, y la dirección de la obra en los aspectos técnicos, económicos y estéticos, de conformidad con el proyecto aprobado, los pliegos y el resto de condiciones del contrato y las autorizaciones administrativas, y que tiene que velar por la aptitud final de la obra de acuerdo con el uso previsto. Los componentes de este equipo multidisciplinario tienen que actuar como asesores, con responsabilidad individualizada de las partes del encargo de sus competencias respectivas y conjuntamente del trabajo contratado. El COORDINADOR DEL EQUIPO debe actuar como coordinador e interlocutor del equipo ante el ayuntamiento, el resto de administraciones y las empresas suministradoras. Los técnicos que intervengan en estos trabajos deberán estar en posesión de la titulación que les capacite de acuerdo con la legislación vigente para poder firmar el trabajo específico realizado. El COORDINADOR DEL EQUIPO, tendrá que validar con su firma todos y cada uno de los documentos que correspondan en cada caso. El equipo facultativo deberá estar formado por los técnicos que se indican en la cláusula 9.2 del PCAP.
- A fin de dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el pliego técnico, se impone como condición para la adjudicación del presente contrato, que los miembros del equipo, tengan experiencia en proyectos similares de tal forma que se puedan cumplir las expectativas expresadas. La experiencia mínima que deberá acreditarse será: - El COORDINADOR DEL EQUIPO deberá acreditar haber redactado y dirigido: - Al menos 1 proyecto de urbanización o regeneración urbana cuyas obras estén finalizadas de un ámbito con una superficie mínima de 20.000m² y un Presupuesto de Ejecución Material (PEM) ≥ 2.000.000 €. La fecha de finalización de las obras, no podrá tener una antigüedad superior a los 10 años. - Al menos 1 proyecto de urbanización cuyas obras estén finalizadas, desarrollado en el marco de un programa de Actuación integrada. La fecha de finalización de las obras, no podrá tener una antigüedad superior a los 15 años. La experiencia se podrá acreditar con un único proyecto si se cumplen los dos criterios anteriores. - El TÉCNICO JURÍDICO deberá acreditar experiencia en materia urbanística, en al menos dos expedientes de planeamiento o gestión urbanística tramitados ante administraciones públicas en los últimos 10 años. - El RESPONSABLE DE LAS INSTALACIONES (Ingeniero o ingeniero técnico industrial) debe haber redactado o dirigido instalaciones urbanas en, al menos dos proyectos de urbanización o espacios públicos cuyas obras estén finalizadas. La fecha de finalización de las obras, no podrá tener una antigüedad superior a los 10 años. La experiencia exigida será acreditada mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este. A falta de los certificados antedichos, se podrá acreditar la experiencia mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Necesariamente deberá acreditarse la experiencia para poder optar a ser adjudicatario del contrato.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Declaración sobre personas con discapacidad
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 71000000
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