Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/T/23/SS/GE/A/0029Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio programado de recogida y transporte de personal entre el Hospital Universitario Ntra. Sra. de Candelaria y el Hospital del Sur.
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Organismo contratante
Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria
NIF: Q8555011I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Tenerife
- Código NUTS
- ES709
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 131.420,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 135.362,60 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 138.200,00 €
- Baja
- 4,91 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 131.420,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP 0029.pdfAbrir original
- PPTPPT 0029.pdfAbrir original
- ExpedienteResolución de Rectif. AdjudicaciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme TécnicoAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteComposición del comité de expertosAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteResolucion Prorroga Extraordinaria nº 37Abrir original
- ExpedienteResolución Prorroga Extraordinaria nº 354/2024Abrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 7 meses
Criterios de adjudicación
- E-1 y E3 Menor precio(Automático)Ponderación: 45
- F-3 Disponer de página Web, App o cualquier aplicativo informático que permita realizar reservas de plazas(Automático)Ponderación: 20
- E-2 Mayor número plazas ofertadas(Automático)Ponderación: 10
- F-1 Menor antigüedad de los vehículos de 19 plazas(Automático)Ponderación: 7.5
- F-2 Menor antigüedad de los vehículos de 60 plazas(Automático)Ponderación: 7.5
- M-2 Utilización de vehículos de 60 plazas con menor nivel de contaminación(Automático)Ponderación: 5
- M-1 Utilización de vehículos de 19 plazas con menor nivel de contaminación(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- a) Medios para acreditar la solvencia Volumen anual de negocios del en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe igual o superior a ciento treinta y nueve mil quinientos ochenta y dos euros (139.582,00€), tomando como referencia el valor estimado del contrato. En caso de empresas cuyo periodo de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del periodo de actividades de la empresa, que deberá ser igual o superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. b) Concreción de los requisitos: Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Solvencia técnica o profesional
- a) Medios para acreditar la solvencia: La solvencia técnica o profesional se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: Relación de los principales servicios realizados, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el Importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Deberá acreditarse que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a igual o superior a ciento once mil seiscientos sesenta y cinco euros con sesenta céntimos (111.665,60 €), tomando como referencia 0,8 veces el valor estimado del contrato. Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. b) Concreción de los requisitos: Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una certificación del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la unidad competente.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 60100000
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