Dirección del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez)Expediente: 2025GtD00033Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro e instalación de un extractor centrifugo de fangos, tipo Pieralisi BABY 2 FP, en sustitución del actual, para la EDAR del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez)
Información sobre la licitación Suministro e instalación de un extractor centrifugo de fangos, tipo Pieralisi BABY 2 FP, en sustitución del actual, para la EDAR del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez) de Dirección del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez), del CPV 42931000 o en Madrid.
Organismo contratante
Dirección del Centro Penitenciario Madrid VI (Aranjuez)
NIF: Q7855061C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 39.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 47.190,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 42.365,00 €
- Baja
- 7,94 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 39.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 26/11/2025
- Formalización del contrato
- 26/11/2025
Documentos
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
Criterios de adjudicación
- Propuesta económica(Automático)Ponderación: 75
- Ampliación del plazo de garantía de los bienes suministrados(Automático)Ponderación: 20
- Reducción del plazo de entrega(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- En virtud del apartado 6.b) del artículo 159 de la LCSP, no se exigirá la acreditación de la solvencia a los licitadores. Sólo el adjudicatario deberá acreditarla, preferentemente por medio de la inscripción de dicha solvencia en el ROLECE y su posterior consulta por el órgano de adjudicación o, en su defecto, aportando sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial en el que deba estar inscrito (según lo dispuesto en el art. 11.4 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). En este caso, el adjudicatario acreditará la solvencia económica de la siguiente manera: Declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, actividades de la misma naturaleza que las del objeto de este contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, acreditado, según lo previsto art. 87.3. a) de la LCSP y en el art. 11.4.a) del RGLCAP, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el registro Mercantil. El citado volumen de negocios de la empresa debe ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato
Solvencia técnica o profesional
- Acreditación mediante las fichas técnicas del material a suministrar conforme a los indicadores y normas de aplicación definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas
Códigos CPV
- 42931000
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