Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la FronteraExpediente: 10210/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El objeto del presente contrato de servicios es la realización de determinadas actividades relacionadas con el servicio para la integración social de menores de familias en situación o riesgo de exclusión social (Taller de menores).
Información sobre la licitación El objeto del presente contrato de servicios es la realización de determinadas actividades relacionadas con el servicio para la integración social de menores de familias en situación o riesgo de exclusión social (Taller de menores) de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, del CPV 85312000 o en Córdoba.
Organismo contratante
Alcaldia del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
NIF: P1400200J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Córdoba
- Código NUTS
- ES613
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 16.810,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 20.340,10 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 16.827,19 €
- Baja
- 0,1 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 16.810,00 €
- Fecha de adjudicación
- 16/12/2025
- Formalización del contrato
- 17/12/2025
Documentos
- PCAPPCAP TALLER DE MENORES 2025.pdfAbrir original
- PPTPPT TALLER DE MENORES 2025.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Se prevé una posible prórroga de tres años de duración.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica Taller de Menores 2025(Automático)Ponderación: 60
- Proyecto descriptivo de la actuación a ejecutar.(Juicio de valor)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- El criterio para acreditar la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato, que se establece en la cantidad de 28.740 €. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Alternativamente, el licitador podrá acreditar su solvencia económica mediante un Seguro de Responsabilidad Civil para indemnización por daños profesionales por importe mínimo equivalente al valor estimado del contrato (16.827,19 €). Dicha póliza será suscrita con una entidad aseguradora de solvencia y amparará los daños a personas o cosas, así como los perjuicios de cualquier tipo que pudieran derivarse de su actuación o de la de sus colaboradores en la ejecución de los trabajos objeto del servicio. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante el compromiso formulado en el modelo del anexo 12.2 del presente pliego y la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
Solvencia técnica o profesional
- Para poder licitar, las empresas deberán comprometerse a adscribir al contrato a un monitor que deberá tener la titulación requerida en el la cláusula séptima del PPT. Se presentará declaración responsable del representante legal de la empresa en la que se indique la persona que se encargará de la prestación del servicio con indicación de las titulaciones académicas, comprometiéndose a adscribir a la ejecución del contrato dichos medios personales, de acuerdo con el modelo del anexo 12.3 del presente pliego, debiéndose adjuntar, además curriculum vitae y copia de los títulos académicos de la persona designada. En caso de que una empresa acredite ser de nueva creación se entenderá acreditada la solvencia técnica o profesional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 90.1.e) LCSP mediante la acreditación del cumplimiento de este requisito, si bien deberá adjuntarse la documentación que acredite tal condición, todo ello mediante el modelo del anexo 12.3 del PCAP.
- Para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con servicios realizados para el propio Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que éste pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Los trabajos deberán ser de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los ejecutados por el empresario y los que son objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. El importe anual ejecutado, durante el mayor año de ejecución del periodo, deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato que supone la cantidad de 11.779,03 €. Este criterio no se deberá cumplir en el caso de tratarse de una empresa de nueva creación. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 85312000
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