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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de FuenlabradaExpediente: 2021/000113Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación conjunta del Servicio de distribución de publicaciones y envíos de correspondencia del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el CIFE dividido en dos lotes

Información sobre la licitación Contratación conjunta del Servicio de distribución de publicaciones y envíos de correspondencia del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el CIFE dividido en dos lotes de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, del CPV 79341000 o en Comunidad de Madrid.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada

NIF: P2805800F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Comunidad de Madrid
Código NUTS
ES30

Adjudicación

Lote 1 · Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
13.636,36 €
Importe adjudicado (con IVA)
70.661,16 €
Presupuesto base (sin IVA)
13.636,36 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
13.636,36 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Lote 2 · Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
70.661,16 €
Importe adjudicado (con IVA)
85.500,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
70.661,16 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
70.661,16 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Posibilidad de prórroga por un periodo anual, siendo el mismo para ambos lotes.

1 año

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, mediante aportación de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en los tres últimos años concluidos, donde se contenga el volumen anual de negocios. De los tres años se tomará el de mayor volumen de negocios y éste deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. art. 87. 1. a. LCSP. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Para servicios profesionales, siempre que el licitador sea un profesional, mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el importe máximo del contrato. art. 87. 1. b. LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica se acreditará: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en los que al menos dos, habrán de tener un importe anual medio igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante) Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79341000
  • 64121100

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