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Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/T/20/SU/GE/A/0005Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro mediante arrendamiento sin opción de compra de 700 puestos ofimáticos para el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria y su red de Centros.

Información sobre la licitación Suministro mediante arrendamiento sin opción de compra de 700 puestos ofimáticos para el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria y su red de Centros de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 30200000 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria

NIF: Q8555011I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
565.820,58 €
Importe adjudicado (con IVA)
605.428,02 €
Presupuesto base (sin IVA)
672.000,00 €
Baja
15,8 %
Ofertas recibidas
7 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
565.820,58 € – 671.999,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 48 meses

Criterios de adjudicación

  • Menor importe económico(Automático)Ponderación: 75
  • Monitor con Interface USC tipo c para alimentar el ordenador y I transmisión de video y USB(Automático)Ponderación: 6
  • Criterio de retirada del material al final del contrato(Automático)Ponderación: 5
  • Mayor área de la pantalla respecto al mínimo solicitado(Automático)Ponderación: 4.5
  • Menor volumen físico del ordenador(Automático)Ponderación: 4.5
  • Disco duro de estado sólido tipo M.2 de 512 Gb(Automático)Ponderación: 3
  • Nº de soporte unificado para monitores dobles(Automático)Ponderación: 2

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, deberá ser al menos por un importe igual o superior a ciento sesenta y ocho mil euros (168.000,00 €). En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del período de actividades de la empresa, que deberá ser superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente en, al menos, un ejercicio comprendido dentro del periodo de actividad de la empresa. Se acreditará por medio de certificación o nota simple de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior sin incluir igic, a ciento setenta mil euros (170.000,00 €), que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la relación de los principales servicios efectuados en el período de actividad de la empresa, que deberá cumplir, en todo caso, con la cuantía exigida. Se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector publico; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los dos primeros dígitos de los códigos CPV de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea al que corresponde el contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 30200000
  • 51611000

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