Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)Expediente: 036/22Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Acuerdo Marco para el servicio de catering para determinados eventos de INCIBE
Información sobre la licitación Acuerdo Marco para el servicio de catering para determinados eventos de INCIBE de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE), del CPV 55320000 o en León.
Organismo contratante
Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)
NIF: A24530735
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- León
- Código NUTS
- ES413
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 28.715,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 34.745,15 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 28.715,00 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCG 036_22_ AM_CateringVF.pdfAbrir original
- PPT036_22_PCT_AcuerdoMarco_Catering_VFF.pdfAbrir original
- ExpedienteAcuerdos de 5 de agosto de 2022Abrir original
- ExpedienteAcuerdos de 27 de junio y 21 de julio de 2022Abrir original
- ExpedienteInforme técnico sobre 2Abrir original
- ExpedienteInforme técnico sobre 1Abrir original
- ExpedienteAcuerdos de 17 y 23 de junio de 2022Abrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
N/A
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 49
- Variedad y calidad de los alimentos en los menús(Juicio de valor)Ponderación: 14.5
- Imagen del evento(Automático)Ponderación: 12
- Platos adicionales a los mínimos del pliego(Automático)Ponderación: 12
- Emplatado(Juicio de valor)Ponderación: 3
- Plan de gestión de residuos y aportación de contenedores de reciclaje(Automático)Ponderación: 3
- Limpieza: utilización de elementos y productos respetuosos con el medio ambiente.(Juicio de valor)Ponderación: 2.5
- Presentación en raciones individuales(Automático)Ponderación: 2
- Decoración de las mesas(Automático)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- Deberán presentarse últimas cuentas anuales que acrediten un patrimonio neto igual o superior a la mitad del capital social. A continuación se describen los criterios a aplicar para los tres lotes del contrato: Se analizarán los siguientes ratios: Para todas las sociedades de capital: El patrimonio neto tiene que ser igual o superior a la mitad del capital social, en prueba de los cual podrán aportarse las últimas cuentas anuales o extractos de las mismas. En todo caso, los licitadores que en virtud de disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a sus cuentas anuales, deberán presentar las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Este requisito se basa en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital: “La sociedad de capital deberá disolverse: Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.” Conforme a lo establecido en el artículo 60.3 de Directiva 2014/24/UE del Parlamento europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por INCIBE en este Anexo I, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que INCIBE considere apropiado dentro de los previstos en el anexo XII, parte II de la Directiva.
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 500.000 euros, que cubra los riesgos de intoxicación alimentaria, daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria ante la empresa o terceros, y un plazo mínimo de vigencia del año en vigor.
Solvencia técnica o profesional
- El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del importe máximo para el contrato inicial.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 55320000
- 55400000
- 55321000
- 55300000
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