Pleno del Ayuntamiento de CanenaExpediente: 07/2021Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Ejecución de la obra "Reforma de Campo de fútbol 7 para ampliación a fútbol 11"
Información sobre la licitación Ejecución de la obra "Reforma de Campo de fútbol 7 para ampliación a fútbol 11" de Pleno del Ayuntamiento de Canena. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Canena, del CPV 45212210 o en Jaén.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 117.842,27 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 142.589,15 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 151.880,55 €
- Baja
- 22,41 %
- Ofertas recibidas
- 17
- Oferta más baja – más alta
- 114.973,58 € – 144.286,52 €
- Fecha de adjudicación
- 13/05/2021
- Formalización del contrato
- 04/06/2021
Documentos
- PCAPPLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES CAMPO DE FUTBOL firmado.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO_REFORMA_CAMPO_FUTBOL_7_PARA_AMPLIACION_A_FUTBOL_11_CANENA_F.pdfAbrir original
- ExpedienteActa de la 2ª Sesión de la Mesa de ContrataciónAbrir original
- ExpedienteActa de la 1ª Sesión de la Mesa de ContrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- Mejor precioPonderación: 10
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera se acreditará por los siguientes medios: Volumen anual de negocios, referido al último ejercicio y que será como mínimo el equivalente al valor estimado del contrato. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). Ver cláusula octava del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- La solvencia económica y financiera se acreditará por los siguientes medios: Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 1.500.000,00 euros por siniestro y año, debiendo cubrir tanto los daños materiales, personales y patrimoniales, y con un plazo de vigencia que vaya desde el inicio de las obras, hasta la finalización del plazo de garantía, o que venza en la fecha de finalización del plazo de garantía. Ver cláusula octava del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Solvencia técnica o profesional
- Qué se acreditará por los siguientes medios: - Declaración responsable indicando el personal técnico u organismos técnicos integrados o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. En caso de recurrir a las capacidades de otras entidades no integrados en la empresa, deberá presentarse el Anexo III. - Declaración responsable indicando la maquinaria y los medios materiales de los que se dispondrá para la ejecución de las obras. Ver cláusula octava del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 45212210
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