Artículo 317. Preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada.
Vigente desde 09/03/2018. Texto consolidado del 2026-10-04.
La preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada que concierten los poderes adjudicadores a que se refiere el presente Título se regirán por las normas establecidas en las Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro II de esta Ley.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)