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Artículo 299. Contratos de fabricación.

Vigente desde 09/03/2018. Texto consolidado del 2026-10-04.

A los contratos de fabricación se les aplicarán directamente las normas generales y especiales del contrato de obras que el órgano de contratación determine en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo las relativas a su publicidad y procedimiento de adjudicación que se acomodarán, en todo caso, al contrato de suministro.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)

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