Artículo 299. Contratos de fabricación.
Vigente desde 09/03/2018. Texto consolidado del 2026-10-04.
A los contratos de fabricación se les aplicarán directamente las normas generales y especiales del contrato de obras que el órgano de contratación determine en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo las relativas a su publicidad y procedimiento de adjudicación que se acomodarán, en todo caso, al contrato de suministro.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)