Consejería de Infraestructuras, Transporte y ViviendaExpediente: PRC/2025/0000099369Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de Rehabilitación energética de 20 viviendas de promoción pública en la Calle Miguel Ángel Ortí Belmonte, número 20 de Cáceres.
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Organismo contratante
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
NIF: S0611001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cáceres
- Código NUTS
- ES432
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 499.844,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 604.811,24 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 567.565,55 €
- Baja
- 11,93 %
- Ofertas recibidas
- 4 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- 17/12/2025
- Formalización del contrato
- 14/01/2026
Documentos
- PCAPPCAP.PDFAbrir original
- PPTPliego de prescripciones tecnicas.PDFAbrir original
- AnexoANEXOS II BIS.docAbrir original
- AnexoANEXOS IV.docAbrir original
- AnexoANEXOS II B.docAbrir original
- AnexoANEXOS II A VII 99369.docAbrir original
- Anexo02 10 Anexo CRC I PCAP.PDFAbrir original
- AnexoANEXOS II A VII 99369.pdfAbrir original
- AnexoANEXOS II A.docAbrir original
- ExpedienteActa MC 2ªAbrir original
- ExpedientePublicación Fecha MC 2ªAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteInforme Impacto AmbientalAbrir original
- ExpedienteInforme Red NaturaAbrir original
- ExpedienteDiligencia Informe Red NaturaAbrir original
- ExpedienteCuadro MC 2ªAbrir original
- ExpedienteCuadro MC 1ªAbrir original
- ExpedienteActa MC 1ªAbrir original
- ExpedientePuntuaciones OFERTA TECNICAAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 8 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 55
- Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Ampliación de garantia(Automático)Ponderación: 10
- Memoria de seguridad y salud(Juicio de valor)Ponderación: 5
- Criterios sociales de Valoración Automática: Medidas en materia de Accesibilidad Universal de Adaptación Sensorial o Cognitiva(Automático)Ponderación: 5
- Extensión del control de calidad(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Volumen anual de negocios Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en una vez el valor estimado del contrato. (567.565,55 €) O bien en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en una vez el valor estimado del contrato. (567.565,55 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Relación de las obras ejecutadas cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a una vez el valor estimado del contrato (567.565,55 €). Como en el apartado 2.1. del presente anexo I, cuadro resumen de características, se reflejan tres códigos CPV, estos se exigirán de forma alternativa a la hora de determinar el cumplimiento de la solvencia técnica o profesional exigida.Las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: Entendiéndose que el contratista es una empresa de nueva creación cuando su antigüedad es inferior a cinco años computados desde la fecha de su constitución hasta la de inicio del plazo de presentación de ofertas. En estos casos podrá acreditar su solvencia técnica o profesional por: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Número de personas con titulación específica el área de trabajo a desarrollar de: 1 (UNO) Arquitecto o titulación habilitante, o bien arquitecto técnico o grado equivalente. El presente criterio deberá acreditarse mediante los títulos o acreditaciones académicos o profesionales exigidos.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45321000
- 45421160
- 45421150
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