Intendente de RotaExpediente: 2021/AR46U/00002769EComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de erradicación de aves en el aeródromo de la Base Naval de Rota.
Información sobre la licitación Servicio de erradicación de aves en el aeródromo de la Base Naval de Rota de Intendente de Rota. Puedes consultar otras licitaciones de Intendente de Rota, del CPV 77600000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 18.629,52 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 22.541,72 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 18.723,14 €
- Baja
- 0,5 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 18.629,52 € – 18.723,14 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP8-EXP 2769-21 PCAP.pdfAbrir original
- PPT3-EXP 2769-21 PPT.pdfAbrir original
- AnexoDocumentacion anexa.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 5 meses
De conformidad con el artículo 67.2.e) del RGLCAP, en relación con el artículo 29 de la LCSP el contrato es susceptible de varias prórrogas por plazo máximo de veinte meses e importe de 90.620,00 euros (IVA incluido).
Criterios de adjudicación
- Precio (P)(Automático)Ponderación: 100
- Número de halcones (NH)(Automático)Ponderación: 8
- Equipo animal (EA)(Automático)Ponderación: 2
- Capacidad balizamiento aves(Automático)Ponderación: 2
- Dron antiaves (DA)(Automático)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será una vez y media el valor estimado: 140.423,55 euros.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales servicios/prestaciones realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe mínimo anual acumulado en el año de mayor ejecución de la relación de servicios realizados exigida será el 70 por ciento de la anualidad media del contrato, obtenida dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicado por 12 el cociente resultante (debe excluirse el IVA): 31.454,88 euros. Se entenderá que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, si está incluido en la misma CPV que el objeto del presente contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, se estará a lo dispuesto en el artículo 88.2 de la LCSP y se acreditará la solvencia técnica de la forma especificada en el apartado siguiente para “Empresas de nueva creación”.
- La empresa contratista deberá ejercer la actividad cinegética conforme a lo dispuesto en el Decreto 126/2017, de 25 de julio (BOJA 149/2017 de 4 de agosto) por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía y concretamente los requisitos particulares que se exigen para practicar la cetrería que se detallan en el artículo 89 de la citada legislación, modificado por la Orden de 22 de marzo de 2021, por la que se regula la práctica de la cetrería en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 59/2021 de 29 de marzo). El ejercicio de la cetrería está sujeto a las normas generales establecidas en citado Reglamento, siendo requisitos imprescindibles: a) Licencia de caza de la clase C1 en vigor en la Comunidad Autónoma de Andalucía o de otras Comunidades Autónomas o Estados de acuerdo al artículo 9. b) Certificado de inscripción de las aves de cetrería en la Subsección de Aves de Cetrería o registro oficial donde habite el ave, siempre que sea homologable al andaluz. c) Documentación acreditativa de la propiedad del ave.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 77600000
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