Junta de Gobierno del Ayuntamiento de EldaExpediente: 001/2022/41Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Selección de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social para la posterior suscripción del correspondiente Convenio de Asociación, con objeto de gestionar la protección social respecto de las contingencias derivadas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales del personal del Ayuntamiento de Elda
Información sobre la licitación Selección de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social para la posterior suscripción del correspondiente Convenio de Asociación, con objeto de gestionar la protección social respecto de las contingencias derivadas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales del personal del Ayuntamiento de Elda de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Elda. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Elda, del CPV 85000000 o en Alicante/Alacant.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Elda
NIF: P0306600H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Alicante/Alacant
- Código NUTS
- ES521
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 0,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 0,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 0,00 €
- Ofertas recibidas
- 3 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Criterios de adjudicación
- Criterio de nivel asistencial(Automático)Ponderación: 35
- Mejoras sobre los servicios de prestación obligatoria(Juicio de valor)Ponderación: 30
- Criterio de capacidad de gestión estimada(Automático)Ponderación: 20
- Calidad de las instalaciones en las que se va a desarrollar el servicio(Juicio de valor)Ponderación: 15
Solvencia económica y financiera
- De conformidad con la cláusula 12 PCAP, la justificación de la solvencia económica y financiera se realizará por cualquiera de los medios que se especifican en el artículo 87 de la LCSP
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con la cláusula 12 del PCAP, la justificación de la solvencia técnica se podrá realizar por cualquiera de los medios que se especifican en el artículo 90 de la LCSP
Códigos CPV
- 85000000
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