Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Colmenar ViejoExpediente: 2496/2018Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Concesión del servicio de aparcamiento "La Estación"
Información sobre la licitación Concesión del servicio de aparcamiento "La Estación" de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Colmenar Viejo. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, del CPV 98351000 o en Comunidad de Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Colmenar Viejo
NIF: P2804500C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Concesión de servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Comunidad de Madrid
- Código NUTS
- ES30
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 82.649,48 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 100.005,87 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 109.649,86 €
- Baja
- 24,62 %
- Ofertas recibidas
- 2
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP aparcamiento.pdfAbrir original
- PPTPPT aparcamiento.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
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- ExpedienteActos públicos informativos ó de apertura de ofertasAbrir original
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- ExpedienteDocumento DEUCAbrir original
- ExpedienteEstudio viabilidadAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Solvencia económica y financiera
- Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. El importe mínimo exigido es de 165.000€.
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. Deberá acreditarse un volumen anual de negocios superior a los 165.000 €.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará concretamente de acuerdo con el criterio del apartado 1.e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Concretamente se acreditará que el responsable técnico, director del contrato, deberá poseer titulación de Ingeniero Superior.
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Deberá acreditarse la realización de al menos un servicio coincidente con el objeto e importe del presente contrato. Solvencia mínima exigida: La acreditación de la solvencia se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. El importe mínimo exigido es de 77.000 €.
Códigos CPV
- 98351000
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