Alcaldía del Ayuntamiento de San Bartolomé de la TorreExpediente: 200/2021Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Ejecución de una senda ciclable multimodal (peatonal y ciclista) entre el núcleo urbano de San Bartolomé de la Torre y el embalse
Información sobre la licitación Ejecución de una senda ciclable multimodal (peatonal y ciclista) entre el núcleo urbano de San Bartolomé de la Torre y el embalse de Alcaldía del Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre, del CPV 45233162 o en Huelva.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre
NIF: P2106200E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 145.658,18 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 176.246,40 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 157.947,31 €
- Baja
- 7,78 %
- Ofertas recibidas
- 3
- Oferta más baja – más alta
- 145.658,18 € – 156.968,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP SENDA CICLABLE.pdfAbrir original
- PPTPPTP SENDA CICLABLE.pdfAbrir original
- ExpedientePresupuesto obra formato PZHAbrir original
- ExpedientePresupuesto obra formato BC3Abrir original
- ExpedienteActa visita obras 13 diciembreAbrir original
- ExpedienteAviso VISITA obrasAbrir original
- ExpedienteFICHAS ACCESIBILIDAD 06 2021 FAbrir original
- ExpedienteResolución inicio contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteProyecto Básico y de Ejecución Senda CiclableAbrir original
- ExpedienteInforme SecretaríaAbrir original
- ExpedienteResumen presupuesto de obrasAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Contratación Subsanación Oferta Económica y Propuesta Adjudicación 19-01-2022Abrir original
- ExpedienteActa Mesa Contratación Apertura Sobres y Subsanación 21-12-2021Abrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económicaPonderación: 100
Solvencia económica y financiera
- CLAUSULA 8ª 2.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los siguientes requisitos: Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen Anual de Negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año (inicial más posibles prórrogas), y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración (inicial más posibles prorrogas) es superior a un año. No obstante, lo anterior, podrá ser requerido por la administración contratante la acreditación del volumen anual de negocios del licitador o candidato, o incluso del adjudicatario, mediante la aportación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Si se trata de empresarias/os individuales no inscritos en el Registro Mercantil, se les podrá requerir la acreditación de su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales declaradas en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas. 2.3. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la Clasificación o mediante la acreditación de la Solvencia Económico-Financiera y Técnico-., Profesional, en el supuesto de obras de valor estimado inferior a 500.000,00 €. Las empresas participantes deberán demostrar su experiencia, número e importe de contratos de igual o similar naturaleza, realizados todos ellos en los cinco últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. En dicha relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Las actuaciones efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Solvencia técnica o profesional
- CLAUSULA 8ª 2.2. En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá acreditarse por los siguientes requisitos: Relación de obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución: estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del Valor Estimado del contrato, si éste fuese inferior a la anualidad media. 2.3. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la Clasificación o mediante la acreditación de la Solvencia Económico-Financiera y Técnico-., Profesional, en el supuesto de obras de valor estimado inferior a 500.000,00 €. Las empresas participantes deberán demostrar su experiencia, número e importe de contratos de igual o similar naturaleza, realizados todos ellos en los cinco últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. En dicha relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Las actuaciones efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- CLAUSULA 8ª 2.3 Compromiso de adscripción de medios. Además, las empresas participantes deberán contar y acreditar la disponibilidad de los siguientes medios técnicos durante la duración del contrato: 1. Titulado en Ingeniería Técnica en Topografía. El no cumplimiento de cualquiera de estos requisitos supondrá la exclusión de manera automática del procedimiento, considerándose condiciones esenciales del contrato que, además, habrán de mantenerse durante la ejecución del mismo.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 45233162
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